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derechos inquilino alquiler sin contrato

8 Comentarios
 
09/02/2012 21:06
hola¡ mi madre fallecio hace 2 meses, estaba de inquilina desde el año 1950 aproxima. sin contrato de alquiler y yo separado vivia con ella y la cuidaba .. tengo 47 años , siempre he estado enpadronado en dicha vivienda ¡¡ ahora el abogado del arrendador me dice por burofax que tengo que abandonar la vivienda ¡¡¡ estoy en paro y sin ningun ingreso ¡¡¡ y dos hijos menores que viven con su madre. alguiem me podria comentar del tema . gracias
08/03/2011 13:41
Yo también tengo un caso parecido.
Vivo en un domicilio propiedad de mi tío desde hace ya 15 años. Antes de perder mi empleo le pagaba un alquiler no demostrable de ninguna forma pues trabajaba sin contrato y el dinero se lo daba en mano. lo que sí tengo es todas las facturas de suministros, tales como agua, comunidad, teléfono... pagadas por mí.
Si él quisiera echarme el día de mañana, podría hacerlo?

Muchas gracias por vuestra atención
20/09/2010 17:27
hola.
Quería comentar mi caso para ver si alguien puede ayudarme.
He estado durante 7 años alquilada en un piso en Madrid, pagaba mensualmente por la habitación. Nunca firmé contrato, y si tengo algún que otro recibo de pago, que utilicé para solicitar becas en la universidad., además estuve empadronada allí.
Ahora que me he mudado, hace 3 meses, la casera aún no me ha devuelto la fianza. Refiere que además de quedarse el dinero que corresponde a las últimas facturas, va a cobrarme la limpieza del piso, el cambio de una mampara del baño, las bombillas…y más cosas de ese tipo.
Como nunca hicimos contrato ni nada, no sé que derechos tengo exactamente. La verdad es que ya doy por perdida la fianza, pero me gustaría saber qué movimientos/requisitos tendría que aportar para denunciarla ante hacienda, ya que no depositó la fianza ante el IVI, y tampoco declaró los alquileres…y además está otra cosa, creo que ya no alquila los pisos, ya que va a venderlos,así que tampoco podría denunciarla por delito actualmente….
Muchas gracias a quien pueda ayudarme.

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03/06/2008 00:14
Si no te han confirmado que te fueses antes del vencimiento de febrero de 2008, se prorroga tres años más, con lo cuál tendrías hasta febrero de 2011.
Un saludo
02/06/2008 19:29
Gracias.
Otra cuestion, me indicas que puedo estar hasta que se cumplan los cinco años desde el primer pago, he leido en algun sitio de este foro que al cumplimiento de estos cinco años quedaria prorrogado automaticamente un año más, ¿es eso cierto? En tal caso, entiendo que si por ejemplo yo empece a pagar en febrero de 2003 (tendria que confirmarlo), los 5 años se habrian cumplido en febrero de 2008, pero con la prorroga automática ¿podría quedarme hasta febrero de 2009.?
Gracias
02/06/2008 18:11
El pago de la renta queda acreditada como dices, con lo que, aún en ausencia de contrato, este existe, por tanto puedes quedarte al menos hasta cinco años.
En relación a la reforma y muebles, en principio no veo claro que puedas exigirle el pago de la reforma, en tanto ha sido algo voluntario por tu parte; otro caso sería que hubieses reformado algo porque se encontraba en muy mal estado y corresondiese al propietaro, más al ser un arrendamiento encuadrado en el marco de relaciones familiares veo poco exitoso la reclamación de lo reformado, en tu caso la mitad.
Respecto a los bienes que has pagado tú, conservas factura? lo digo por si te pone pegas tu ex, pero en principio y en tanto te has quedado a vivir pienso que sin problema, antes de irte los retiras y listo.
En tu caso aguantaría hasta la finalización de los cinco años "desde que consta que pagas renta".
Un saludo, espero haberte ayudado.

José Antonio (Letrado de Oviedo)
02/06/2008 17:51
Gracias por la respuesta. Decirte que la renta la pago mediante transferencia bancaria indicando en el concepto "cuota mensual", con lo cual se podria probar el pago.
Los contratos de suministro los tengo a mi nombre desde enero de 2003 que es cuando nos hicimos cargo de todos los gastos, y empezamos con las reformas, pero hasta agosto de 2004 no es cuando realmente me mudé allí, no haciendolo mi ex-pareja hasta dos meses despues.
Por dejadez no me he empadronado alli, pero si que recibo alli toda mi correspondencia, incluida la de Hacienda y el vehiculo de mi propiedad tambien lo tengo domiciliado alli.
En relacion con la reforma y los muebles, ¿puedo exigirles que me paguen la mitad de lo invertido ya que esto lo pagamos a partes iguales entre mi ex-pareja y yo? Supongo que los enseres que he pagado yo solamente podria llevarmelos sin problema como el frigorifico o la lavadora.
Gracias.
31/05/2008 19:40
Según dices se paga una cantidad en concepto de alquiler o renta, es así?. Si es como dices el arrendamiento existe, por tanto no pueden como dices echarte sin más, eres arrendataria muy a su pesar.
Según comentas te has ido a vivir a ese piso en 2004, agosto, bien, tendrías al menos otro año más hasta agosto, fecha en la que sí te podrían indicar que te fueses, una vez cumplidos los cinco años mínimos que exige la ley.
Como pagas la renta? En mano, o por banco, esto es, puedes probar que se paga alguna cantidad en concepto de renta?
Ya que sino puedes probarlo te convertirías en una precarista, aunque como prueba a tu favor tienes los contratos de suministros.
Espero te haya sido de utilidad.
José Antonio ( Oviedo )
Derechos inquilino alquiler sin contrato
31/05/2008 18:24
Hola, intentaré ser breve. A mediados del año 2003 mi pareja de entonces y yo estabamos buscando piso, al no encontrar nada asequible y que nos agradase hablamos con los padres de él que poseian un piso en alquiler para que nos lo vendieran. Ellos nos dijeron que logicamente no querian vender a un hijo algo que en definitiva iba a termianr siendo suyo, al final, llegamos a un acuerdo en el que nosotros nos haciamos cargo desde ese momento de todos los gastos del piso, incluida la reforma que queriamos hacer, y nosotros mensualmente les pagabamos un alquiler significativo, con es logico, no se firmo ningun contrato.
Despues de realizadas las reformas y demas, en agosto de 2004 nos mudamos.
Hace apenas un mes nuestra relacion se ha roto, él se ha ido a casa de sus padres y yo de momento estoy en el piso, indicar que no estabamos casados y no tenemos hijos en comun, y que por supuesto se les sigue pagando a sus padres el alquiler pactado, dicho alquiler fue en principio de un importe determinado pero desde principios de este año nos redujeron la cuota.
He de añadir, que en el momento en que nos hicimos cargo de todos los gastos del piso, al ser yo la encargada de realizar cambios de titularidad y altas de contratos de suministros, así como de los gastos de comunidad, todo esta a mi nombre.
Mi pregunta es: ¿qué derechos tengo? ¿me pueden echar sin ningun problema?