Hola.
Hace cosa de un año y medio llegué a un pacto el cual era 2 años y medio de prisión (1 año por un delito, otro año por otro delito y medio año por otro delito).
Después de recurrir el ingreso en prisión me sustituyeron 1 año de prisión por 1 año de trabajos en beneficio de la comunidad, otro año por multa y medio año por mas multa.
La cuestión es que algunas personas me han dicho que una vez terminados los trabajos a la comunidad tengo derecho a paro, otros me han dicho que no y otros me han dicho que al ser una sustitución de un año de prisión tendría derecho a cobrar el plan de encarcelación.
¿ Que hay de cierto en todo esto ?
En los trabajos en beneficio de la comunidad se aplican las normas relativas al voluntariado, por lo que no existe derecho al paro. Como no ha existido privación de libertad no procede plan alguno de excarcelación.
Una última duda, ayer podando un árbol una rama me calló con tan mala suerte que me pego en la boca y me rompió un trozo de diente.
¿ El supuesto seguro que tenemos me cubrirá la reparación de dicha pieza dental o me tocara rascarme el bolsillo ?.
Cuando fui a entregar el plan de trabajos a la comunidad me solicitaron el número de afiliación a la seguridad social y al preguntar me dijeron que era para darme de alta en un seguro el cual me cubriera en caso de accidente pero no especificaron mas....