Una modelo posa para un fotografo con el que mantiene una relación de amistad. Tras realizar una sesión de desnudos se produce una discusión entre ellos y la modelo no quiere que esas fotos sean publicadas (desde el dia siguiente a que se hicieron las fotografías). Además, como consecuencia del incidente que se produce entre ellos sufre una depresión por la que llega a pesar 39 kg. El fotografo le dice que ha perdido las fotografias y que no las va a publicar. Tras unos meses la modelo descubre las fotos en Internet y es ingresada en un hospital con una crisis de ansiedad, y la derivan a un centro de salud mental donde le ponen un tratamiento que sigue durante meses. Decide seguir en el proyecto de fotografia por miedo a que sus fotos sean publicadas, hasta que descubre en enero de 2005 que sus fotografias estan publicadas desde mayo de 2004 (mes en el que se realizó la sesión) y decide denunciar al fotografo. No tiene firmado el contrato de cesión de derechos de imagen que le pasó. Sus fotografias aparecen hasta en cinco paginas webs diferentes y en una exposición en un conocido pub. No ha recibido contraprestación económica por haber posado. El fotografo esta haciendo uso de las fotografías con ánimo de lucro. Le ha dicho que ella está fuera del proyecto y que va a hacer con las fotografías lo que quiera. Tiene derecho la modelo a que esa persona no publique sus fotografias?
No soy abogado, pero sí he lidiado en temas de fotografía, sobre todo relacionados con Estados Unidos, así que te cuento lo qué sé por si te puede servir:
En general, en la mayoría de países, un fotógrafo siempre necesita que los modelos le firmen un contrato (o release, como dicen en inglés) para que las fotos del modelo se puedan utilizar con fines comerciales (ejemplo típico: publicidad). Recientemente se produjo en un caso en la que se utilizó sin permiso la imagen de un modelo para unos envases de café, o de cacao, no recuerdo, que dio lugar a una indemnización millionaria.
Ahora bien, si a las fotos sólo se les da uso "editorial" (Ejemplo, foto de un modelo leyendo un libro que se publica en una ravista en el contexto de un artículo sobre los hábitos/índices de lectura), no se precisa este permiso. Por lo menos es así en la mayoría de los países del mundo, aunque no sé si en España es igual.
En todo caso, habría que ver si las páginas web a que te refieres encajan dentro de lo "comercial" o de lo "editorial".
Si no hay una cesión por escrito de derechos de imagen el fotógrafo no tiene derecho alguno en publicar esas fotos, eso ocurre al menos en España. En el resto de países supongo que es algo parecido.
Gracias por contestar a mi cuestión. El fotografo se acoge a un consetimiento verbal para la publicación de las fotos, ya que el contrato nunca se llego a firmar por la modelo puesto que quería salir de ese proyecto. El fotografo tiene en su página web una reseña de que esta prohibida la reproducción total o parcial del material sin su consentimiento expreso. Me pregunto, cómo es posible que para la reproducción sea necsario un consentimiento expreso de este sujeto, y para la modelo simplemente tenga validez un presunto consentimiento verbal, en todo caso viciado, por amenazas y malos tratos psiquicos por parte del que se hace llamar "fotografo profesional".
Si creyera en la justicia vería con más optimismo este caso.
De nuevo gracias por contestar :-)