Me dedico a la fotografía y me ha surgido una duda legal que quisiera comentar. Próximamente voy a realizar unas sesiones cuyo objeto será, exclusivamente, partes aisladas del cuerpo humano (pies, piernas, manos), en algún caso serán desnudos, pero en ningún caso las fotografías contemplarán la totalidad del cuerpo, de tal forma que no se podrá identificar las partes en cuestión con un determinado rostro. Posiblemente, las fotografías tendrán como fin su publicación. En este supuesto, ¿debería firmar con los/las modelos el habitual contrato de cesión de derechos de imagen?
Gracias anticipadas por su ayuda.