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Derechos de imagen en fotografías

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Derechos de imagen en fotografías
06/11/2017 11:37
Buenos días.
Quisiera hacerles una consulta sobre derechos de imagen.

Soy fotógrafo y una parte de mi actividad es la fotografía deportiva. Acudo a eventos deportivos publicos para realizar fotografías de los participantes. Normalmente las empresas organizadoras no suelen conceder acreditación para este tipo de actividad por lo que lo realizo por mi cuenta al tratarse de eventos públicos.

Luego estas fotografías las cuelgo en mi página web para venderselas a los participantes que quieran adquirlas.

Hoy ha contactado de muy malos modos la directora de una de estas pruebas diciendome que no puedo hacer eso. Que ellos regalan las fotografías y que yo no tengo permiso para realizar y vender fotografías.

Al tratarse de un evento que se desarrolla en suelo publico entiendo que puedo realizar estas fotografías.

Ahora bien, la organización incluye en la inscripción una clausula sobre cesión de derechos de imagen y explotación por parte de la organización que los corredores aceptan al completar su inscripción en la prueba, pero entiendo que esta clausula es algo entre la organización y los corredores y yo no tengo nada que ver ahi.

La organización quiere que retire las fotografías porque se ve que "les escuece que yo haga negocio" con un evento organizado por ellos en suelo publico y argumentan que los corredores tienen derechos de imagen indicandome que es un delito.

Por mi parte les he dicho que si algun corredor no quiere que aparezca en la web, puede solicitarmelo educadamente y yo retiraré la fotografía sin problemas, pero siempre y cuando sean los corredores los que me lo pidan.

Según la ley de propiedad intelectual:

Artículo 17. Derecho exclusivo de explotación y sus modalidades.
Corresponde al autor el ejercicio exclusivo de los derechos de explotación de su obra en cualquier forma y, en especial, los derechos de reproducción, distribución, comunicación pública y transformación, que no podrán ser realizadas sin su autorización, salvo en los casos previstos en la presente Ley.

Artículo 19. Distribución.
1. Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.

Según esto, el autor de la obra puede distribuir la obra como mas le plazca, incluida la venta.

Me gustaría saber si en temas de derechos de imagen puedo estar incumpliendo algún articulo de alguna ley. Entiendo que no, pues al ser un evento público puedo realizar fotografías y los participantes entiendo que asumen que pueden ser fotografiados.

Por otro lado, ¿Debo retirar las fotografías si me lo pide la organización o solamente si es la persona afectada la que me lo solicita?

Gracias :)