Mi abuela está en una residencia diocesana en grado de dependencia total. La nueva dirección subió la cuantía de pago más del doble del precio anterior (siempre que la familia consintiera esta subida).
Los únicos titulares de la libreta de pago son mi abuela y mi madre. La residencia ha cobrado más de lo establecido por la familia sin aviso. Mi abuela no es consciente de nada y no puede haber consentido.
¿Tiene derecho la residencia a cobrar más de lo permitido por su familia? ¿Hay alguna nueva ley con la que pueda la residencia embargar los bienes de mi abuela?