Tengo un problema , por mala conservacion de la fachada me entran humedades en la vivienda. Lo que tengo claro es que ni mi seguro, ni el de la comunidad se hacen cargo de humedades exteriores y más por la mala conservacion de la fachada. Está la comunidad obligada a hacer lo necesario para subsanar el problema?, y si así fuere que tengo que hacer.
vicente manuel; al filo de tu respuesta, que me parece correcta, hay un concepto que me parece vergonzoso que los propietarios que tanto sabemos de multitud de cosas mundanas, no sepamos defender una cosa que es evidente; hay una deficiencia y casi siempre, hasta desenmascarar a los responsables, nuestros representantes, en este caso, se adivina, a la misma Junta de Propietarios, te hacen la vida imposible cuando el mal es parcial y al resto nada les afecta; esto es el concepto de la casi nula solidaridad que tenemos hasta en las cosas más elementales.
Pero el tema no venía por ahí; si tomas cuidadosamente el texto de la ley, por ejemplo, la más divulgada, 49/60, vete punteando parrafo por parrafo y llegarás a la conclusión que lo que se dicta, más de un 90% de OBLIGACIONES y muy deslavazados e indistinguibles el resto de derechos.
Esos derechos forman parte de procedimientos y sistemas que "pretenden" defender al propietario, pongamos al "socio" como si fueramos una empresa pero que permite que nuestros representes que en apariencia elegimos democráticamente hagan lo que les venga en gana ante la más completa impunidad. Traslada esto a una empresa SA particular y vé las diferencias, preguntame donde iría a parar el director que no presenta las cuentas transparentes..
!hola doscolo5G.
Te echo mucho en falta en estos foros, saludos.
En este país tercermundista , efectivamente.
Y es lo que vemos, mucho menos de lo que no vemos.
Cuando los emigrantes empiecen a ocupar los puestos intermedios y de ellos salgan abogados y jueces y tomen parte en la vida mundana, porque se conforman como los chinos, con la décima parte de nuestros emolumentos, a España no la va a conocer ni Dios.
No tiene por qué soportar las deficiencias comunitarias pero para solucionar el problema debe pedir la convocatoria de una Junta Extraordinaria de la Comunidad con inclusión en el orden del día del tema de la reparación de fachadas,si no obtiene un acuerdo de la Junta, dificil cuando los vecinos tienen que rascarse los bolsillos, presentar demanda en el Juzgado para que se obligue a la Comunidad a la realización de las obras para reparar y sanear la fachada.
Aunque es un tema que se ha tocado varias veces, me gustaría conocer, el medio más simple, económico y eficaz, supuestamente por inhibición en la Junta de estas graves obligaciones (muy frecuente).
Es ineludiblemente necesario abogado y procurador
Ya se, ya sé, que la minuta de los demandantes está en función del presupuesto anual de la comunidad, no estoy seguro en que supuestos.
No entiendo como mi primera respuesta aparece duplicada con posterioridad, pero bueno, cosas de la electrónica.
Pero mire Conor, Ud. como propietartio tiene dos derechos fundamentales:
1º .Pagar
2º Callar.
Además, en el caso de que Ud no esté de acuerdo con los anteriores,, tiene un tercer derecho:
Acudir al Juzgado, donde SS le dirtá que son de aplicación los dos anteriores.
discolo, totalmente de acuerdo con tu última respuesta que a muchos que se asoman por primera vez a estos foros les escandalizará y no te creeran..... que prueben.
No has contestado a mi pregunta, mis dos expresiones 7.10.
Futuro "Estatuto de los propietarios":
Articulo 1º.- El Presidente siempre tiene razon.
Articulo 2º.- Cuando el Presidente no tiene razon, se aplicara el articulo 1º.