Hola, he oído que si tu hijo nace en un determinado lugar, adquiere una serie de derechos sólo por el mero hecho del nacimiento. Soy de Navarra y mi intención es que mi hijo nazca en una borda de mi propiedad (casa de campo destinada antiguamente al ganado), al nacer ahí, ¿puedo empadronarle en la localidad a la que pertenece dicha borda? ¿puedo exigir al ayuntamiento permiso para vivir en la borda?
Se que muchos okupas hacen eso y entonces no les pueden echar, la diferencia con mi caso es que el lugar es de mi propiedad..
Muchas gracias.