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Derecho

6 Comentarios
 
09/08/2012 12:02
"en principio nada importa el denunciante..."

Pero en principio, y valorado por alguien que no es el denunciado.

La cuestion es si tiene derecho.
Y se le puede negar.
Si una persona puede tirar la piedra y esconder la mano, en perjuicio del denunciado.
09/08/2012 10:21
Cuando digo "prohibe la indefensión" me refiero a los derechos del denunciado, no del denunciante.
En temas de Administración Local, lo importante es el hecho (que conllevará unas serie de consecuencias, como sanciones, obligaciones de abono de impuestos, dejar las cosas como estaban, etc), por lo que, en principio nada importa la identidad del denunciante, sin perjuicio de que, en la tramitación del Expediente se exija que sea citado como testigo o como perjudicado.
08/08/2012 18:34
Que yo sepa, en el caso de un juzgado, al denunciado de le da traslado, incluyendo la identidad del denunciante. Y no se vulnera ningun derecho del denunciante.

Pero en el caso que interesa ahora:

Un vecino denuncia en el ayuntamiento, se solicita a este conocer la denuncia y denunciante, el ayuntamiento remite fotocopia habiendo borrado la identidad del denunciante.
Razon: Que tiene derecho a proteccion de datos.

¿Y qué derecho tiene el denunciado?
08/08/2012 10:17
Pocos datos.
No obstante y de forma general: Si la denuncia sirve para que se inicie un procedimiento penal, llegará un momento en el que Ud deberá prestar declaración como imputado o deberá acudir a una vista oral, y previamente a dichos actos se le debe informar sobre contenido de la denuncia y demás extremos.
También de forma general, decir que la Constitución prohibe la indefensión en su art. 24.
07/08/2012 13:52
A qué ley hay que echar mano para ver si el denunciado tiene o no derecho, a conocer a su denunciante y la razon.
07/08/2012 12:59
¿Cúal es tu duda?. ¿A qué ley hay que acudir, para qué?.
Derecho
07/08/2012 11:53
Del denunciado a conocer al denunciante y denuncia, en juzgados, ayuntamientos, y cualquier otra instancia ???

A que ley hay que acudir?