tengo en un pueblo de alicante 4hectareas de naranjos, el ayto ha presentado informe previo medioambiental y de paso calificacion de terrenos, por el mio tienen proyectado pasar una carretera y lindo por un lado con rambla protegida, otro residencial 1.000.000m, otro zona industrial y otro balsa de riego de una comunidad de riego diferente a la que pertenezco,la nuestra desaparece por que la especulacion compro todo y hace insostenible el coste de mantenimiento, en vistas y a pesar de que saben que no voy a poder continuar me califican como no urbanizable comun, ¿ que puedo hacer?
puede presentar alegaciones en el período de exposición pública
quiero pensar que usted sabe qué es lo que le interesa, y que, en consecuencia, usted sabrá qué alegar, sea que considera que la suya debe tener un uso similar a las lindantes, sea que considera que las infraestructuras (la carretera) deben de realizarse en la medida de lo posible sobre el suelo reclasificado como urbanizable, sea que se considera damnificado porque los naranjos tendrán una peor polinización al lindar con una zona industrial (soy consciente de que quizá esto carece de fundamento, pero entiéndase solo como ejemplo)
gracias por la opinión a pesar de que como bien dice, mas o menos se lo que me interesa, intento averiguar si con las alegaciones puedo tener alguna posibilidad de exito y si Dios no lo quiera tengo que ir a juicio, porque parece que su intencion es expropiarme, si conseguire algo.
y el problema con la carretera es que hay un cuello de botella con desniveles de 10 m de altura a cada lado y el único sitio factible para pasarla es por mi propiedad ya que une la urbanización con el macropoligono industrial
las dos opciones principales serían:
- incluir su parcela en una de las áreas urbanizables (industrial y residencial) o una poción en cada una de ellas
- expropiarle el área prevista de ocupación
en caso de expropiación, en su momento, habría de alegar que el resto de parcela sufre una pérdida de valor debido a la fragmentación, pérdida de valor que sería indemnizable
si usted tiene 40.000 m2, si el área residencial es de 1.000.000 m2, si la industrial es un macropolígono, y si linda con una rambla protegida, pudiera tener éxito destinar a zonas verdes lo que queda de su parcela, incluyéndola en las dos zonas urbanizables, toda vez que la dimensión de su parcela no altera sustancialmente la dimensión de las áreas urbanizables