Alguien sabría decirme si al hacer uso del derecho a última palabra se podría leer una declaración escrita preparada por uno mismo?. Por lo que he mirado parece que no, pero se podría al menos quizá usar notas a modo de guión para no perderse en lo que uno quiere decir?. Podría mencionarse también jurisprudencia y leer alguna parte relevante de las sentencias?.
Por otro lado parece que también existe bastante discusión y controversia acerca de si al hacer uso de ese derecho de última palabra sólo se pueden comentar, ampliar, rebatir, etc, argumentos que se hayan puesto de manifiesto durante el juicio, o si también se podría admitir la aportación de elementos nuevos, justificandolo en que uno considera que son esenciales para su defensa y pidiéndole permiso al tribunal, claro. Alguien conoce algún caso concreto en este sentido?,
En base a mi experiencia, va a depender del juez pero Vamos, no creo que le vayan a admitir a estas alturas elementos nuevos salvo que sea algo tremendo.
Ahora bien, ¿usted tiene abogado? Es que cuidado con el derecho a la última palabra. En mi opinión, se debe estar muy bien asesorado para hacer uso del mismo.
Tengo abogado sí, y en efecto es algo important. Ya se que entonces me preguntarás que por qué entonces no dejo al abogado que saque el asunto durante el juicio, y la respuesta es que lo haría para tratar de que la otra parte no tuviera tiempo a preparar las respuestas para rebatir el argumento. Aunque reconozco que de algún modo no se estaría siendo muy justo al vulnerar el principio de contradicción por la otra parte, y que podría calificar como juego sucio..... hasta donde se lo permita la ley uno tiene derecho a usar todos los entresijos y artimañas a su alcance.... y leyendo una sentencia del TS al que se recurrió, entre otras cosas, para cuestionar que le hubieran permitido al acusado traer a colación nuevos pruebas durante el derecho a última palabra, el TS dice:
"En el caso presente, la defensa del acusado razona que no presentó los documentos con anterioridad al Juicio Oral porque, estando personada la denunciante en el proceso, habría tenido conocimiento de los mismos y haber preparado unas respuestas que convinieren a sus intereses. El argumento es plausible y, por ello no existe irregularidad procedimental en la aportación de dichos elementos probatorios que pueden legitimarse en la excepción que previene el art. 729.3º L.E.Cr., que permite la práctica de las pruebas que presenten las partes en el acto del juicio para acreditar alguna circunstancia que pueda influir en el valor probatorio de la declaración de un testigo, si el Tribunal los considera admisibles".
Y también: "permite eventualmente que el Tribunal incorpore, a los elementos que debe apreciar en conciencia según el art. 741 de la misma Ordenanza Procesal, algunos que, siendo dignos de advertencia y reflexión, hubiesen sido omitidos en la actuación del Letrado"
En cuanto a la otra cuestión de si se me permitiría leer literalmente o usal al menos una chuleta como guión, hay alguien que sepa la respuesta?.
Habría que ver el contexto exacto del extracto de esa sentencia, el año y si posteriormente hay jurisprudencia más reciente al respecto.
No sé si su abogado está al tanto de lo que pretende hacer. A mi me parece una barrabasada y le puede salir caro pero usted mismo. Un saludo.
Si, claro que lo consultaré con mi abogado pero quería ver también que opinaba la gente por aqui.
De todas formas como sigue sin contestar la segunda pregunta de si te permiten leer una declaración o usarla por lo menos a modo de chuleta, dejo la pregunta de nuevo por aquí por si hay alguien que sepa la respuesta.