El IRPF en algunos casos sí está cedido completamente a las CCAA.
En resumen, el IRPF solo puede ser impuesto cedido:
1) Cedido completamente - su exacción y además su potestad normativa - a las tres Diputaciones Forales del País Vasco en la Ley( Estatal) del concierto económico ( Ley 12/2002 de 23 de mayo) y también a Navarra mediante la Ley del convenio económico . La propia ley establece que el término convenio significa cesión previamente pactada de mutuo acuerdo.
2) Cedido parcialmente ( por la LOFCA) a las 15 CCAA restantes.
La respuesta c) yo no la veo correcta pero, en fin, no le des más vueltas.
Gracias por interesaros.
Sobre la pregunta 2, hay que atenerse estrictamente a lo que se pregunta:
¿Está cedido completamente el IRPF? No.
¿Está cedido completamente el IBI? No.
Con lo cual hay dos respuestas correctas, c) y d).
Pregunta 2: La respuesta correcta es la d).
El IBI no es un impuesto cedido a las CCAA ni total ni parcialmente porque es un impuesto municipal.
El IRPF, la regla general, de acuerdo con el art. 11 de la LOFCA solo puede ser cedido parcialmente, pero hay dos excepciones: el País Vasco y Navarra, como te ha comentado herencia.
Esta excepción está recogida en la Disposición adicional Primera y Segunda de la LOFCA.
Por lo que la respuesta c) no es correcta.
Lo digo porque como solo puede haber una respuesta correcta hay que deducir que el que ha puesto el examen estaba pensando en la potestad originaria porque sino las respuestas correctas, efectivamente, son dos.
Sólo añadir que el País Vasco y Navarra no tienen cedido el IRPF porque tienen sus propios IRPF (en el caso de Navarra, con distintos nombres, desde hace 1000 años)
Las CCAA tienen potestad tributaria no originaria, sino derivada, pero tienen potestad tributaria, por lo cual pueden crear tributos. En la pregunta 1 también sería posible la b). La pregunta es simplemente "quien puede crear tributos".
Hay que distinguir entre la potestad tributaria originaria para establecer tributos y la potestad tributaria derivada que poseen las CCAA y las entidades locales.
La potetad tributaria originaria para establecer tributos corresponde EXCLUSIVAMENTE al Estado, mediante ley.
Las CCAA y las entidades locales solo pueden establecer y exigir tributos de acuerdo con la Constitución y una ley anterior que las autorice a ello. (potestad derivada).
Creo que la respuesta correcta de la pregunta 1 es la a)
Pregunta 1: Quien puede CREAR tributos. Los tributos sólo se pueden crear por ley, luego las corporaciones locales, que no pueden legislar, no pueden crear tributos, necesitan una ley que cree esos tributos para que ellas los configuren, la Ley de Haciendas Locales. El Estado en las Cortes Generales y las CCAA con sus parlamentos sí pueden legislar, luego pueden crear tributos, según la LO de Financiación de las CCAA (LOFCA).
Luego serían correctas la a) y la c).
Pregunta 2: Qué impuestos no están cedidos completamente a las CCAA. Donaciones y Transmisiones sí estan cedidos completamente. El IRPF no, y el IBI tampoco está cedido a las CCAA porque es un impuesto local.
1.- d)hay impuestos estatales, autonomicos y locales
2.- c)el ISD, IBI y TP, al menos en mi comuniadad sí están cedidos. EL IRPF sólo parcialmente.
yo no veo el error, salvo mejor opinión.
Hola, en una oposición me han puesto estas dos preguntas que considero mal hechas, por lo que las he impugnado, a ver que os parece (sólo una respuesta puede ser correcta):
1. Pueden crear tributos:
a) Las Cortes Generales
b) Las Corporaciones Locales
c) Los parlamentos autonómicos
d) Todas las anteriores
2.- Cual de los siguientes impuestos no está cedido completamente a las CCAA:
a) Donaciones y sucesiones
b) Transmisiones Patrimoniales.
c) IRPF
d) Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI)