Te respondo, en temas de marcas gana siempre el que la registro primero en un territorio, es decir tu en la comunidad europea
Lo que debeis hacer es oponeros a la marca internacional en la designación de la comunidad europea. En caso contrario la marca sera registrada y podrán convivir hasta que vosotros eventualmente ataqueis su nulidad. Te informo que el proceso de oposición, si bien tiene un coste, este es menor al procedimiento de nulidad.
Para cualquier consulta, por favor ponte en contacto conmigo en vayreda20@hotmail.com