Buenas, no se si he puesto mi duda en el foro adecuado.
Mi duda es la siguiente: Un ayuntamiento, a través del EMA, ha creado un parking con numerosas plazas de garaje para los vecinos de la zona. La plaza es en propiedad, no pudiendo venderla de forma libre en los primeros 10 años, teniendo el ayuntamiento o EMA, derecho de tanteo y retracto en la venta dentro de esos primeros 10 años.
Se que en los pisos de Protecion Oficial, se tiene el mismo derecho de retracto, pudiendo vender el piso por un precio máximo estipulado (el ayuntamiento o la comunidad tendrá la opcion o no de comprartelo).
Lo que no se, es si en temas de garaje, hay un precio maximo de venta o el precio lo pones tu (el que quieras) y el ayuntamiento tiene la opcion de comprartelo y si la rechaza poder vender la plaza de garaje por el precio que se le pidió al ayuntamiento.
No se si he expuesto mi duda de forma clara. Gracias de antemano