Basándome en la experiencia en compraventas realizadas por extranjeros y el juicio de quivalencia que realiza el registrador, me gustaría confirmar si es necesario incorporar un testimonio/copia del poder extranjero (apostillado y traducido) a la matriz y, en su caso, en virtud de qué normativa o resolución.
Continuamente veo testimonios de los mismos en las escrituras, pero me gustaría confirmar la norma o resolución de la DGRN que lo confirme. Entiendo que se incorpora a la matriz para que el registrador pueda realizar el juicio anteriormente descrito, pero me gustaría confirmarlo.