Me gustaría saber si el derecho de uso del domicilio conyugal por parte de quién no tiene la propiedad plena (conyuge, hijo, progenitor discapacitado, ...) es un derecho real o no lo es, y si es inscribible en el registro de la propiedad.
También me gustaría saber si el derecho real de uso de una vivienda en régimen de propiedad horizontal conlleva el derecho real de uso de los elementos comunes del edificio al que pertenece, o no es así.