Por supuesto, por mi claro que respetaría su voluntad. Pero quedamos once hermanos y sé de alguno que no está muy por la labor. Por eso pretendía recabar información jurídica sobre si la ley contempla ese derecho y hubiera opción cuando menos a discutirlo.
Recientemente falleció un hermano nuestro. En su testamento pretendía dejar todos su bienes (casa, coche y cuenta corriente) a una hermana, pero a vivir aún nuestro padre parece ser que la ley obliga a que una mitad de esos bienes los reciba mi padre.
No obstante mi padre, sabedor de ello, está dispuesto a respetar la voluntad de mi hermano y ceder mediante donación todos sus derechos a mi hermana para que ésta disponga de la totalidad.
La pregunta es....¿el resto de hermanos, una vez que fallezca nuestro padre, tendríamos derecho a reclamar la legítima sobre esos bienes donados por mi padre a mi hermana y que anteriormente los había heredado de un hijo fallecido? ¿O una vez formalizada aquella donación esos bienes ya que quedan como propiedad exclusiva de mi hermana beneficiaria?