uenas noches, les quería preguntar sobre un matrimonio casado en Aragón en consorcio aragonés, se dejan en testamento del uno al otro la propiedad de la parte del que falleciera, la señora se queda viuda y quiere vender un piso que tienen en propiedad, puede hacerlo sin la firma de sus hijos? Tendrían que firmar todos ellos la venta o solo uno de ellos? Y los cónyuges de estos? Al estar casados también en consorcio aragonés tendrían que renunciar los consortes de los hijos al derecho de usufructo de viudedad Foral??
Gracias por adelantado y un saludo.