PRIMERO: ¿Porqué no abris un foro para el derecho administrativo - CONTENCIOSO- DE DISCIPLINARIO O SANCIONADOR DE TRÁFICO...¿o es que me he perdido?
SEGUNDO: Acabo de leer que hay una nueva Ley que restringe los recursos que se pueden interponer... ¿No se podría llegar al supremo a no ser que la cuantía del procedimiento sea superior a 600.000 euros?????
Esto he leido:
"Así, se elevan considerablemente los límites cuantitativos para acceder al recurso de apelación y al recurso de casación. En el primer caso lo eleva de 18.000 a 30.000 €, mientras que en el segundo lo hace de 150.000,00 a 600.000,00 €. Por ello, las sentencias recaídas en primera instancia en juzgados de lo contencioso-administrativo no podrán ser recurridas si su cuantía no supera los 30.000,00 €, lo que sucede con la inmensa mayoría de los litigios del personal de la Administración".
Entonces ¿Hay que tragarse lo que diga la Sala?
¿Se podrá demandar a los jueces por prevaricación???