En una SL creada con dos socios inicialmente en proporcion 25-75
En la que el socio mayoritario vendió la nuda propiedad al minoritario;reservandose solo una accion, y el usufructo de su 75%
¿QUIEN TIENE DERECHO A VOTO CUANDO SE REALIZA UNA JUNTA? ¿en qué proporción?
Gracias.