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derecho de visitas

3 Comentarios
 
Derecho de visitas
09/10/2004 20:29
De nuevo , abusando de vuestros sabios consejos legales( espero respuesta sobre los derechos de la ex-mujer de mi pareja) olvidé comentar la siguiente situación: a pesar de ser divorcio de mutuo acuerdo, se sigue el regimen de visitas qiue se estableció subsidiariamente en convenio para "el caso improbable de no estar de acuerdo" , que es el de 2 fines de semana al mes que el padre goce de fiesta laboral" ( mi pareja tiene un horario por turnos en los que trabaja muchos fines de semana seguidos, por lo que lleva un esfuerzo añadido de buscar cambios con compañeros para disfrutar del fin de semana con los niños, esfuerzo que realiza con todo su amor por ellos. A la practica se lleva haciedo fin de semana alternos.Pero ya nos ha pasado en 2 ocasiones que por no poder cambiar los turnos le decimos con tiempo suficiente a la madre que nos cambie el fin de semana por otro para el que tenemos cambios hechos ante lo que nos ha puesto mil y una pegas amenazando con denunciar que no ejerce su obligacion de visitas .Quisiera que me aclaraseis si es un derecho o una obligacion el regimen de visitas ( aunque en nuestro caso no existe negativa si no simple cambio de un fin de semana por otro) puede demandarnos? nos crea angustia a ambos porque hacemos todo lo posible por tener fiesta laboral en fin de semana . Gracias
11/10/2004 12:29
Andrea, en el tema de visitas a los hijos de los padres no custodios ha sido siempre un debate sobre todo en este foro, un poco contradictorio, que hoy por hoy no hay (que yo sepa) ninguna jurisprudencia de que sean obligadas. Ahora bien, se ha dicho que es un drecho-obligación, que es una obligación, y que es potestativo.
Yo entiendo que si el padre no custodio tiene ese tipo de trabajo y lo justifica, avisando a la mdre en este caso con suficiente antelación, no hay mas, ella es la que tiene la custodia y tiene que ser la que se quede con los hijos.
Yo te puedo contar mi caso que es muy parecido.
Realizo guardias, en muchas ocasiones, y no puedo estar con los hijos los día que en el convenio se estipulan. Ella me puso una demanda por ese motivo, no cumplia el régimen de visitas establecido, justifiqué ese motivo y el Juez sobreseido el caso. No existía una obligación, la obligación es de la madre. Pero claro, te debo decir que todos los casos no son iguales.
Mi consejo es que sigas con tus viisitas cuando puedas, comunicandolo a la madre. y si ella quiere emprender alguna demanda, que lo haga.
Ya te pedirá el juzgado el motivo de la demanda (tendrás que justificarlo).
Un saludo.
11/10/2004 13:06
Hola Andrea,

Yo he estado en un cao parecido al tuyo, pero a la inversa es decir yo soy la madre con la custodia y mi ex el padre con regimen de visitas, durante 3 años y por motivos de su trabajo tuvimos que cambiar muchos fines de semana, a mi nunca me ha importado estar con mi hijo, pero si que me molestaba no poder nunca organizar mi vida ni con mi hijo ni sin él, pues siempre dependía de mi ex y de su trabajo, lo cual tampoco me parece justo.
Después de 3 años y al solicitar el divorcio, él intentó que quedara reflejado en el convenio que yo estaba obligada a hacer los cambios y ni el juez ni el fiscal lo aceptaron. Mi convenio lo único que establece es que si él no puede por motivos de trabajo recoger a nuestro hijo, el niño estará conmigo, pero yo no estoy obligada a estar cambiando los fines de semana.
Mi consejo es que intenteis una buena relación para que tanto el padre como la madre puedan estar con su hijo, es la mejor manera y la más fácil para todos.
un saludo y suerte
11/10/2004 13:54
Habría sido preferible organizar este punto en el convenio regulador de divorcio modificando el punto relativo a los fines de semana, sobre todo, dejando la posibilidad de cambiar y organizar la alternancia de los fines de semana al cuadro laboral del progenitor no custodio o con la posibilidad de notificar la imposibilidad con una antelación mínima como suele hacerse en estos supuestos pues ten en cuenta que por lo que he podido deducir de tu consulta en el convenio se redactó un régimen de visitas amplio y flexible y un régimen de visitas estandar para el supuesto de improbables discrepancias y, obviamente, en este apartado hay que regular, justamente, una situación de discrepancia que en algunas ocasiones lleva a redactar más de un folio y medio (y no a doble espacio).

Atentamente.