Es muy posible que no existan estatutos, por ello lo que tiene que consultar es la escritura de obra nueva y division horizontal que solicitara en el Registro.
Ahi tambien le figurara a wue gastos tiene obligacion a contribuir.
Vaya y luego nos comenta
Consulta los estatutos de la comunidad, pero en principio si te refieres a la terraza superior al edificio, de acceso comunitario, no a través de una vivienda, debería ser un elemento común sin derecho de uso privativo. Todos los vecinos deberían tener (salvo que se haya acordado lo contrario) derecho a utilizarla para el fin que lo justifique (tender, instalar antenas, o lo que sea).
Lo de que no pague luz de escalera o reparaciones también deberá estar en los estatutos, pero eso sí sería normal, entiendiendo reparaciones como las ordinarias (cambiar una bombilla y tal), no las derramas por reparaciones que afecten a elementos estructurales, que sí deberán pagar.
He comprado una vivienda de un edificio compuesto por local primer segundo piso y terraza el uso y vuelo de esa terraza lo tiene el local y la persona que me ha vendido el primer piso pues bien... la que me vendió la casa me dejó de palabra el uso de la terraza con la mala suerte de que los del local me han cambiado la cerradura quería saber si el uso y vuelo tiene caducidad si la persona que me ha vendido el piso sigue teniendo ese derecho a uso o sólo lo tienen los del local o que puedo hacer... ah y la del local no paga ni luz de la escalera ni reparaciones