¿Es el derecho de superficie un derecho real?. ¿Puede darse el caso de que un sujeto tenga un derecho de superficie anterior al código civil? y por último, en caso de que no sea así, ¿se puede ser superficiario en caso de que en la escritura de compraventa de hace menos de 99 años de una finca en que conste que existe el solar de una construcción (que todavía sigue en pie)?, en cuyo caso el comprador tendría constancia de ello.