Hola a todos, a ver si podéis echarme una mano con una duda que tengo.
Hace unos años se plantearon unas obras para construir una rotonda junto a mi finca, esta rotonda sustituiría al anterior cruce existente. Se expropiaron muchos metros en dos de las fincas del cruce, quedando las otras dos sin ser afectadas por el paso de la carretera.
Aun así, en mi caso se expropiaron aproximadamente 100 metros cuadrados, en toda la márgen que toca con el trazado. Estos metros nunca se utilizaron, no se tocaron ni para carretera ni para canalizaciones... nada. Incluso el nuevo trazado de la carretera se alejó más de mi finca que la anterior.
Entiendo que en este tipo de carreteras tienen que existir 3m de zona de dominio público, pero también creo que ser de dominio público no implica que deban ser expropiadas. Por otra parte soy consciente de que se pueden expropiar en caso de que sean necesarias para el desarrollo del proyecto, pero la obra finalizó hace unos años y no se ha modificado nada.
En este supuesto... ¿Sería posible hacer valer el derecho de reversión de la expropiación? Y en caso afirmativo ¿Que pasos me aconsejáis seguir?
Si le expropiaron e indemnizaron en su día, poco se puede hacer, salvo que le proponga al organismo que corresponda la pretendida reversión, ya que al parecer según comenta, no tiene sentido mantener esa situación, igual lo ven viable y resuelven en ese sentido, aunque no he conocido ningún caso similar.
Saludos