Creo que es un caso de retracto de copropietario, cuando se enajena la cosa comun, en este caso un piso.(Art.1.522 C.c.). Pienso que hay que tener en cuenta el precio último teniendo en consideración lo prevenido en el art. 1.518 del mismo Cuerpo legal en cuanto a reintegros .También me parece que el contrato anterior que no llegó a otorgarse no tiene valor a estos efectos.
Soy propietaria junto con otros tres familiares de un piso que heredé. Hace algún tiempo, que mis familiares decidieron venderlo, y cuando me dijeron las condiciones, les indiqué que si me respetaban las mismas condiciones me lo quedaba yo. Unos accedieron, pero otros no, y al día de hoy, me encuentro con que hay un nuevo comprador que paga más que el anterior. Mi pregunta es ¿El derecho de retracto se ejerce sobre el precio anterior o sobre el actual que es más caro? ¿Como puedo hacer valer mis derechos, ya que yo tengo el contrato que se iba a efectuar con el primer comprador?