Mi duda es la siguiente, a ver si alguien me ayuda. Una persona tenía alquilado a un ayuntamiento un coto privado de caza, y una vez terminado, éste se lo ha arrendado a otra persona sin avisar al antiguo arrendatario para que ejerciera su derecho de tanteo. El antiguo arrendatario se ha enterado del nuevo arrendamiento ( que se celebró en febrero)ahora. La Ley de Caza de Castilla y León dice que el plazo para ejercer el derecho de retracto es de nueve días desde el contrato o en su defecto desde la notificación a la Junta, pero este antiguo arrendatario no ha tenido conocimiento de ello, porque por supuesto la Junta no te avisa. Puede ejercer la acción de retracto ahora?