En el supuesto de que una resolución judicial penal imponga en concepto de responsabilidad civil una indemnización multimillonaria (500.000 €), por un delito contra la seguridad del tráfico por conducción ebria, se entiende que la aseguradora ejercera el derecho de repetición contra el culpable. Si se ejecuta judicialmente la insolvencia del culpable, ¿quedaría exento de indemnización?, ¿o sería una deuda de por vida?.