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Derecho de prórroga automática alquiler habitación

2 Comentarios
 
Derecho de prórroga automática alquiler habitación
28/05/2024 16:59
Buenas tardes,
Firmé contrato de alquiler de una habitación en un piso compartido en Madrid por 6 meses que se me vence a finales de Mayo. El propietario no me quiere renovar el contrato. Ahora bien, éste dice textualmente "El contrato se regirá por lo establecido en la Ley de Arrendamientos Urbanos de 24 de noviembre de 1994 y por lo pactado en el presente documento, en tanto no se oponga a lo establecido en la citada Ley. Supletoriamente se aplicará el Código Civil".
Se que normalmente el contrato de alquiler de habitaciones se rige por el Código Civil que no concede derecho de prórroga forzosa. Ahora bien, mi duda es si me puedo acoger a la prórroga forzosa de la LAU (a pesar de ser un alquiler de una habitación) ya que el contrato dice que explícitamente que se regirá por esta.
Muchas gracias
28/05/2024 17:55
Si, en ese caso usted puede estar al menos esos 5 años que marca la LAU.
29/05/2024 09:32
Coincido con la opinión de Leonjbr; art. 4, 3 LAU: "... los arrendamientos para uso distinto del de vivienda se rigen por la voluntad de las partes,..."