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Derecho de paso

2 Comentarios
 
22/08/2005 15:21
Gracias Lexis por su información. El camino no figura en la cartografía del catastro. Ni este ni ninguno de la zona aunque estén perfectamente delimitados, pues en el catastro todas las fincas limitan unas con otras sin espacio para los pasos comunes. El camino "borrado" era el único punto de acceso (a pie y con maquinaria agricola) privado a la finca de mi familia y estaba perfectamente delimitado por margenes con ambas fincas lindantes. En estos momentos no podemos entrar a nuestra finca, ni a pie ni con máquinas, sin pasar por la del vecino, ya que al unir la suya con la comprada la nuestra queda incrustada como una isla dentro de la suya.
¿Crees que hacer un escrito, ante el alcalde y secretario (con su firma, porsupuesto), donde el vecino se compromete en la restitución de paso por otra zona de su finca sería suficiente legalmente para constituir derecho?
22/08/2005 09:54
Si en las escrituras de la finca de su familia, se hace referencia a ese camino como unico acceso, o consta una servidumbre de paso en el terreno colindante, tiene derecho a que ese camino o servidumbre se restituya.
Vea tambien si ese camino aparece en la cartografia del Ayuntamiento o en el Catastro.
A la vista de todo esto, y en base a esos datos debera estudiar con un abogado y con un informe pericial, cual es la desicion mas conveniente para sus intereses. Solicitar la restitucion del anterior camino o negociar uno nuevo. Todo esto reflejado en un documento.
Derecho de paso
21/08/2005 11:34
El camino de acceso a una finca de mi familia ha sido “borrado” por un vecino que tras comprar la parcela que lindaba con este camino por el otro lado a la suya, ha construido una granja agrícola superpuesta sobre ambas fincas y sobre el camino actual.
Este vecino no pone inconveniente en que se constituya un nuevo camino sobre su finca para poder acceder a la de mi familia.
Mis dudas son las siguientes: ¿Es suficiente y tiene carácter legal hacer un escrito en el ayuntamiento que concedió el permiso de obras, ante el alcalde y secretario, describiendo la nueva ubicación del camino o servidumbre de paso, o por el contrario es necesario, para darle carácter legal, hacerlo ante notario y registrarlo?. ¿Existe algún riesgo de que en el futuro al no estar físicamente marcado el nuevo camino (pues discurre por tierra de labor) pudiera perderse el derecho de paso? ¿Es necesario hacer constar expresamente en el escrito algún especto que por su importancia pudiera comprometer en el futuro ese derecho de paso, o que aspectos serían necesarios mencionar expresamente?
Actualmente la finca de mi familia es trabajada por este vecino (sin contrato de arrendamiento expreso) y por lo tanto ese camino no se constituirá físicamente ya que no lo necesita ahora, pero ante esta nueva situación, y en el futuro, yo no podría entrar en nuestra finca sin pasar por la suya.
Agradezco vuestros consejos y sugerencias.