Bueno,nuevamente por aquí,han pasado cinco meses desde que solicité al ayuntamiento mi derecho de paso sobre dos fincas ( campos ) linderas a lo mio diez dias atras,vuelvo a reclamar mi derecho.El ayuntamiento NO me ha contestado,es más,he aportado fotos de que estos dos linderos mios,han vallado la parcela perimetralmente,cerrandome totalmente el paso.
Tengo acceso a ella gracias un campo vecino lindero al cual no tengo derecho hasta se enfade el propietario y me niege el acceso.
Solicité en el Registro dos notas simples en las cuales No dice nada de Derecho de servidumbre y a la fecha estoy igual que cuando compré la parcela.Ando un poco despistada,pues si me meto con jueces y abogados me saldra más caro que haber comprado dicha finca.
Que hago?? denuncio ante el Ayunta o el Juzgado que estos Srs. han vallado sin permiso o licencia.
Hoooo robo un helicoptero para comunicarme con mi parcela.? .. es broma.
Un saludo a todos.
Susan
He llevado tres asuntos similares a los de sinpaso -la servidumbre existía- donde los titulares de los fundos sirvientes -los que lindan con camino público- tuvieron a bien instalar al inicio de la vía de acceso una cadena, un escalón y un pivote, respectivamente, para evitar el paso de coches aunque no de personas. Habida cuenta que desde Henry Ford los vehículos rodaban por allí interpuse de inmediato un interdicto -lo que ahora se llaman juicios verbales sumarios para retener o recobrar la posesión- y mandaron remover esos obstáculos con condena en costas para los perturbadores. Es lo mejor, pues el posible juicio declarativo posterior lo pones en el tejado del colindante y si te quiere negar la servidumbre le puedes -en el peor de los casos- reconvenir para que ésta, previa indeminzación, se constituya y se inscriba en el Registro de La Propiedad. Ah, la acción interdictal hay que ejercerla antes del año.
En el caso de rio estoy de acuerdo con lo dicho por los compañeros.
Buenos dias de nuevo. Desde que escribi mi primer mensaje a este foro han cambiado algunas cosas en mi situacion. Uno de los propietarios ha accedido a retirar su vaya de la linde por la que discurre la servidumbre de paso a mi finca. El otro propietario, que se aprovechaba de esa valla lo unico que ha hecho a sido alargar su alambrada el metro que ha retranqueado el otro vecino y se niega a dejar ninguna servidumbre de paso. Sigo por tanto sin poder acceder a mi finca y no me queda mas remedio que denunciarle.
En caso de juicio, si no llegamos a un acuerdo y el juez determina que yo tengo razon, me imagino que sera el otro propietario el que pagara todos los costes, incluidos los honorarios de mi abogado. ¿es asi?
Muchas gracias por adelantado.
rio, si tienes derecho; si no hay forma de llegar a un acuerdo con los vecinos, deberás solicitarlo judicialmente para lo cual necesitarás abogado quien podrá informarte del procedimiento a seguir.
En mi opinión la aportación de Rus le sirve perfectamente, ya que se trata de constituir una nueva servidumbre.
A mi manera de ver, en el caso de sinpaso sería diferente, porque la servidumbre existía y aún cuando no estuviera inscrita en el Registro, era aparente y se trataría de reclamarla, al haber sido inutilizada por los vallados.
Sr Rus,Saludos para Vd y los incluidos en el foro.
Yo estoy en una situacion parecida,ya que he comprado una rustica sin acceso a caminos y me he puesto en contacto con los dos linderos proximos a camino y NO están por la labor de acceder a mí peticion de paso.
No sé si Vd Sr.Rus es letrado,caso de serlo,le pregunto ¿tengo derecho a ello?,si es así ,que camino debo seguir.¿denunciar? ¿ante quien?.
Muy agradecida por adelantado y espero sus noticias.
Gracias Susan.
PD,la parcela en cuestion es con su Nº de Referencia Catastral 46091A016001670000QL de la provincia e Valencia,por sí deseaba consultarlo en la pagina del Catastro. Agradecida.
normalmente con su demanda ud deberá aportar un informe pericial en el que justifique por qué debe establecerse la servidumbre por un sitio determinado y no por otro.
La servidumbre de paso se establecerá teniendo en cuenta la menor distancia a camino público y que sea el lugar por el que menos perjuicio se ocasiona. En ese informe el perito valorará los costes.
en estos casos normalmente no se ponen las costas a nadie, porque realmente la demanda es por necesidad. No es justo para Ud. ni tampoco para ellos.
Siempre podría intentar un acuerdo al margen del juzgado. Si les expone la situación de forma razonable, puede tratar de que inscriban en el registro la servidumbre de paso (al final, Ud tiene derecho a salida a camino público) a cambio de una indemnización. Es decir, lo que le va a dar el juez, pero sin pasar por el juzgado.
Gracias por tu respuesta Rus,
Creo que en este caso en el Registro va a ser dificil encontrar nada sobre servidumbres de paso porque son fincas muy antiguas y en aquella epoca las servidumbres, lindes y demas se aclaraban de palabra y rara vez se llevaban al registro.
Si finalmente tuviesemos que indemnizar a los propietarios de las fincas, ¿quien fija la indemnizacion? ¿un juez, entre nosotros? y otra cosa, si tengo que ir a juicio, ¿quien pagaria los costes? No me parece justo que tuviese que ser yo que encima soy el afectado por su vallado.
Gracias de nuevo
lo primero que tiene que hacer es comprobar en el registro de la propiedad si sobre esas fincas existe alguna servidumbre de paso inscrita. De ser así, deberá presentar una demanda solicitando que se declare la existencia de servidumbre de paso.
Si no hay constituída servidumbre, deberá presentar una demanda frente a todos los colindantes con camino público (los propietarios de las fincas por las que razonablemente la suya se pueda servir), y solicitar la constutución de servidumbre de paso. La anchura dependerá del uso que se le vaya a dar (pie, coche, tractor...), y Ud. deberá indemnizar al propietario de esa finca.
Me dirijo a este foro porque soy propietario de una finca rustica en un pueblo de Toledo y me gustaría aclarar unas dudas sobre derecho de paso a la misma. Esta finca linda con otras dos que la rodean por completo. Digamos que mi finca es una especie de isla dentro de las otras dos fincas. Los dueños de las otras fincas sin haberme consultado han vallado y no me han dejando ningún paso a mi finca. Desde siempre ha existido un paso a través de una linde común entre las otras dos fincas vecinas pero ahora este paso se encuentra dentro de recinto que han vallado.
Me gustaría saber cuáles serian mis derechos de paso a mi propia finca, es decir, cuantos metros deberían retranquear cada uno de los vecinos la valla que han puesto sobre la linde para que yo pudiese pasar a mi finca.
El vallado de las fincas se hizo hace aproximadamente 1 año y medio y desde entonces, pese a haberme puesto en contacto con el ayuntamiento y los propietarios no he podido solucionar el tema. ¿Existe un límite de tiempo para reclamar antes de que la situación prescriba?
Si no se soluciona amistosamente el asunto, ¿tendría que denunciarles? y si es así, ¿dónde?
Muchas gracias