Me gustaría que alguien me aclarase si se puede aplicar el derecho de expectativa al personal funcionario interino.
Nos han comunicado que van a privatizar una planta del servicio municipal donde trabajo. Han dicho que a los funcinarios fijos los reubicarían en servicios deficitarios y que los funcionarios interinos estuvieran tranquilos, porque les ampara el derecho de expectativa, ya que sus plazas han salido en la oferta pública de este año y no pueden ser amortizadas porque tienen que salir a oposición.
Me gustaría saber si el derecho ampara esta situación en la que está el personal interino. Es que yo no he encontrado nada en ninguna ley y me temo sea alguna maniobra para que el personal no se movilice.
MUCHAS GRACIAS¡¡