Ya lo tengo muy madurado desde hace tiempo. Uno es trabajador y honrado. Tengo muy claro que la situación laboral actual no es muy buena que se diga, pero repito que uno es honrado y trabajador. Y la ESCLAVITUD ESTÁ ABOLIDA DESDE HACE MUCHO TIEMPO...
Descartando burofaxes y vía judicial, me parece que aunque extremista, una des pocas opciones que te quedarían sería adaptar una solicitud tipo que he encontrado en este enlace http://www.porticolegal.com/foro/laboral/38420/solicitud de vacaciones te puedes ayudar para ello con lo que te aconseja liberté arriba, y hacérselo llegar a tu empresa en mano, y en caso de que se negasen a acusar recibo de la misma, buscar la dirección de correo de la inspección de trabajo de tu provincia que encontraras clicando en el mapa que hay en este enlace http://www.empleo.gob.es/itss/web/Quienes_somos/Estamos_muy_cerca/index.html para acto seguido enviarles la pelota a su propio tejado, esto es mandando la solicitud tanto a la atención de la empresa como de la ITSS, para que la reciban a la par, y a ver por donde respiran después.
Te en cuenta que el incumplimiento por el empresario del deber de comunicar anticipadamente la fecha del disfrute de las vacaciones bla bla bla, podrá dar lugar a una sanción leve (art. 6.6 LISOS) o grave (art. 7.5 LISOS). Así como que la FALTA DE RESPUESTA del empresario al aviso del trabajador sobre la fecha del disfrute, puede entenderse como tácita conformidad a la propuesta (STSJ Andalucía 21-6-96).
Lo primero, leerme lo que dice el convenio sobre el tema de las vacaciones. Si no, puedes meter la pata.
Presentaría un documento escrito a la empresa, exponiendo suavemente que, para evitar la situación que se ha producido recientemente con las últimas vacaciones que has disfrutado (incumplimiento de lo establecido en el art, 38.3 del Estatuto de los Trabajadores; mensaje por SMS, etc), y dado que tienes un hijo en edad escolar y que en los 12 años que llevas en la empresa NUNCA has disfrutado de tus vacaciones en fechas que coincidan con sus vacaciones escolares de verano, desearías que te concedieran las vacaciones en la segunda quincena de julio. Terminaría el escrito agradeciendo a la empresa que me comunicara, por escrito y a la mayor brevedad posible, su decisión al respecto.
En mi opinión, el hecho de que en 12 años no hayas disfrutado de tus vacaciones en la 2ª quincena de julio, NO quiere decir que tengas obligatoriamente derecho a ello (sobre todo, si nunca las has pedido en esas fechas y, por lo tanto, no te las han denegado).
Pienso que lo más probable es que el responsable de RR.HH firme la recepción del documento y que obtengas una respuesta en un plazo de tiempo razonable. Lo que ya no tengo tan claro es que la respuesta sea la que te interesa.
Si el responsable de RR.HH no firma la recepción del documento, mucho me temo que tendrás que enviarlo por BUROFAX.
También me preocupa, como os decia en otro mensaje, el poder comunicarlo sin tener que gastar dinero en enviar un Burofax (puede costar sobre 50,00 € y yo cobro 750,00 €/mes, con lo que podreis ver que es mucho dinero para mi sólo por solicitar algo que creo que me corresponde en derecho).
No, no soy el único que no ha disfrutado de vacaciones en julio o en agosto, pero si he sido de los pocos.
Noa sido por nada especial en mi contra o en contra de los pocos compañeros que no han disfrutado de esos meses como yo. Sólo que no hemos protestado o no nos hemos molestado por esos meses y ya se sabe... Vas tragando con todo y acabas siendo TONTO. Claro, cuando alzas la voz eres un estorbo pues ya es lo normal, que seas BOBO DE POR VIDA...
Gracias a todos los que haceis el foro tan interesante. Salu2
El problema que veo a la hora de fijar una fecha para obtener una respuesta de la empresa es que los temas que vas a tratar en el escrito que presentas a la empresa son:
- las vacaciones que te han obligado a coger de un día para otro.
Está bien que lo señales en el documento, haciendo referencia a que la empresa ha incumplido lo establecido en el ET o el convenio colectivo, pero, en este tema en concreto, pienso (quizás erróneamente) que no te tienen que dar ninguna respuesta. Tomarán nota y ya está. Lo que tenías que haber hecho es NO aceptar esas fechas de vacaciones, dado que la empresa incumplía el tiempo de preaviso establecido en el art.38 del ET (conocer las fechas, al menos, dos meses antes) y denunciar.
- las vacaciones que quieres disfrutar en la segunda quincena de julio.
El ET dice que el trabajador CONOCERÁ LAS FECHAS que le correspondan DOS MESES ANTES, AL MENOS, DEL COMIENZO DEL DISFRUTE.
Por lo tanto, interpreto que la empresa tiene de plazo hasta el 15 de mayo para comunicarte si te las concede o no en esas fechas.
Sigo pensando que es fundamental mirar el convenio colectivo.
No lo tengo claro, la verdad.
A ver si algún forero te puede aclarar el tema.
Dices en un post:" en 12 años en la empresa en ningún momento he disfrutado de vacaciones en los periodos de los meses de julio o agosto como el resto de mis compañeros."
¿Quieres decir que eres el ÚNICO trabajador al que LA EMPRESA NO HA PERMITIDO disfrutar de las vacaciones en los meses de julio y agosto, durante 12 años? ¿Cuáles eran los motivos que argumentaba la empresa?
Miraré hoy sin falta mi contrato de trabajo y el Convenio Colectivo.
En cuanto a lo de llevar un testigo, era por no gastar un dinero en enviarles el BUROFAX (desconozco si existe alguna posibilidad de evitar gasto innecesarios para solicitar algo que te pertenece em justicia. Creo que un Burofax puede rondar los 50,00 €...). Todo ello, siempre y cuando, no acepten firmar el recibí del escrito (como es previsible).
En cuanto al plazo de tiempo que les dé para la contestación al escrito, de qué plazo de tiempo podriamos estar hablando????
Insisto en que mires lo que ponen tu contrato de trabajo y el Convenio Colectivo sobre el tema de las vacaciones, antes de hacer el escrito.
NO pienso que sirva de mucho como testigo tu mujer. Creo que sería mejor que presentaras el escrito al responsable de RR.HH y, si NO quiere firmar como que lo recibe, se lo vuelvas a enviar por burofax, dándole un plazo de tiempo para que te conteste, por escrito.
En mi opinión, lo que deberías pedir a la empresa en lo referente a las vacaciones que vas a solicitar para el mes de julio es que respete lo establecido en el art. 38 del Estatuto de los Trabajadores o en el Convenio Colectivo (si es que éste pone algo diferente del ET. De ahí la importancia de que mires el convenio).
Entonces lo que voy a hacer es redactar un escrito, con acuse de recibo, a mi superior (en cuanto a Recursos Humanos). En el misno reflejaré que me acaban de "adjudicar" 2 semanas de vacaciones de un día para otro del año 2012 (todavia tenia pendientes 26 días pendientes como la mayor parte de la empresa, situación ya denunciada ante la inspección de trabajo) y estando en esas dos semanas, y por sms, me prorrogarron 1 semana más sin contar conmigo. A punto de finalizar esa 1ª semana "extra" me vuelven a enviar sms para decirme que me vuelva a quedar otra semana más en casa y así vuelven a hacer con una 3ª...
Todo ello quedará reflejado en este escrito, en el que se les comunicará que se les solicita 15 días de vacaciones para la 2ª quincena de julio de 2013, teniendo en cuenta que en 12 años en la empresa en ningún momento he disfrutado de vacaciones en los periodos de los meses de julio o agosto como el resto de mis compañeros. Situación que creo que me corresponde, más teniendo en cuentatengo un níño en edad escolar.
Haré dos modelos de escritos, uno en el que me firma el acuse de recibo este superior y otro en el que se niega a firmarlo y lo firmará mi mujer como testigo (me acompañará hasta la empresa ese día, pues los compañeros no se mojan en firmar nada por desgracia y cada un@ va a lo suy@).
Posteriormente iré con el escrito a la inspección de trabajo a denunciar.
La duda que tengo es si debo de incluir en el escrito algo más contundente al final, del estilo de darles algún plazo para darme respuesta a mi solicitud de vacaciones para la segunda quincena de julio de 2013?
En mi opinión, lo primero que tienes que hacer es mirar lo que establece el CONVENIO COLECTIVO y tu CONTRATO de trabajo.
Cito el artículo 38 del Estatuto de los Trabajadores.
"Artículo 38. Vacaciones anuales.
1. El período de vacaciones anuales retribuidas, no sustituible por compensación económica, será EL PACTADO EN CONVENIO COLECTIVO O CONTRATO INDIVIDUAL. En ningún caso la duración será inferior a treinta días naturales.
2. El período o períodos de su disfrute se fijará DE COMÚN ACUERDO entre el empresario y el trabajador, de conformidad con lo establecido en su caso en los CONVENIOS COLECTIVOS sobre planificación anual de las vacaciones.
En caso de DESACUERDO entre las partes, la JURISDICCIÓN COMPETENTE fijará la fecha que para el disfrute corresponda y su decisión será irrecurrible. El procedimiento será sumario y preferente.
3. El calendario de vacaciones se fijará en cada empresa. El trabajador CONOCERÁ LAS FECHAS que le correspondan DOS MESES ANTES, AL MENOS, DEL COMIENZO DEL DISFRUTE.
Cuando el período de vacaciones fijado en el calendario de vacaciones de la empresa al que se refiere el párrafo anterior coincida en el tiempo con una incapacidad temporal derivada del embarazo, el parto o la lactancia natural o con el período de suspensión del contrato de trabajo previsto en el artículo 48.4 y 48.bis de esta Ley, se tendrá derecho a disfrutar las vacaciones en fecha distinta a la de la incapacidad temporal o a la del disfrute del permiso que por aplicación de dicho precepto le correspondiera, al finalizar el período de suspensión, aunque haya terminado el año natural a que correspondan.
En el supuesto de que el período de vacaciones coincida con una incapacidad temporal por contingencias distintas a las señaladas en el párrafo anterior que imposibilite al trabajador disfrutarlas, total o parcialmente, durante el año natural a que corresponden, el trabajador podrá hacerlo una vez finalice su incapacidad y siempre que no hayan transcurrido más de dieciocho meses a partir del final del año en que se hayan originado."
NO tienes que solicitar las fechas de vacaciones con dos meses de antelación. TIENES QUE CONOCER LAS FECHAS que te correspondan DOS MESES ANTES, AL MENOS, DEL COMIENZO DEL DISFRUTE.
Pero debo si deseo disfrutarlas, por ejemplo, la segunda quincena de julio, debo de solicitarlas con dos meses de antelación por escrito con acuse de recibo o cómo debo de hacer (plazos y demás)?
Llevo 12 años en la empresa y nunca me han dejado elegir ni un sólo día de vacaciones, incluso me las hacen coger de un día para otro sin poder planificar nada. Este año ya estoy cansado y me da igual las consecuencias, tengo un niño en edad escolar y, creo que me asiste la ley para poder coincidir con él 15 días en sus vacaciones de verano de una vez por todas ya.
Debo de solicitarlas por escrito con dos meses de antelación o de otra forma y/o plazo?