Efectivamente,usted es tio-abuelo, y su grado de parentesco no es el suficiente como para interponer una denuncia. Por tanto el abogado le ha informado correctamente.
Quien ha de presentar la demanda, como muy bien le indican, es su hermana, que es la interesada, y no usted.
Es la abuela quien ha de instar una Demanda, al amparo del Art. 160 del Código Civil, solicitando se acuerden las medidas oportunas, tendentes a favorecer la relación de los nietos con su abuela.
¿Quien puede denunciar? Tengo una hermana a la que su hijo no le habla, pero que al mismo tiempo niega el derecho de comunicacion de sus hijos con su abuela, el menor de los hijos tiene ya 2 años y su abuela (mi hermana) todavía no lo ha tenido en sus brazos, para mas inri, viviendo a una manzana de distancia...
El resto de la familia, reconoce que es una situacion injusta pero "pasa" del tema. Yo estaba dispuesto a poner la correspondiente denuncia y lo consulté con un abogado, pero este me dijo que con mi grado de parentesco¿? no podía hacerlo. ¿Es cierto?... Si es así, ¿Que puedo hacer? Gracias