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derecho de acometida del gas, ¿quién paga?

2 Comentarios
 
31/01/2014 09:41
Gracias enderbury21,
El sentido común me dice que el "derecho de acometida", un gasto de instalación de tuberías de gas del edificio a la vivienda, debería correr a cargo del propietario (130 EUROS), pero como dices creo que es complicado reclamar debido a que según me estoy informando hay un vacio legal respecto a este tema que no especifica nada.

Los afectados en total somos unas 50 viviendas, pero según tengo entendido todos pasan por el aro, no es que me guste la bronca pero si creo que vivimos en un país donde somos bastante pasotas respecto a hacer valer nuestros derechos. Yo si quiero hacer valer algo que considero justo pero no quiero mover ficha sin saber seguro si tengo razón y si tengo que pagar por solucionarlo.
30/01/2014 22:00
La vivienda ya deberia contar con la acometida previa a la ocupacion por parte del inquilino, reduciendose los trámites de este a la simple contratacion o no del servicio. No obstante y tratandose del grpo indicado mucho me temo que le va a salir mas barato y mas rapido correr con el gasto. Menos mal que el agua si se la han llevado hasta el contador, en caso contrario le veo pagando metros y metros de acometida.
Ahora bien, si es vd de los "peleones" adelante que lleva las de ganar, comience por requerirles fehacientemente la necesidad de contar con la acometida en el plazo mas breve posible.
Derecho de acometida del gas, ¿quién paga?
30/01/2014 10:36
Hola,
Tengo una consulta que nadie me sabe responder (ni siquiera en la asesoría jurídica de la oficina del alquiler de la comunidad de madrid) y quería saber si me podíais ayudar.
Resulta que tengo un contrato de alquiler de vivienda privado con una empresa (Altamira del grupo Santander) en la Comunidad de Madrid desde hace 2 meses, en el contrato al tratarse de una vivienda de obra nueva, viene especificado que los suministros van a mi nombre y que se efectuará la devolución de las altas del agua y de la luz, en cambio no se menciona nada respecto al "alta del gas" así como de su "derecho de acometida".
Mi pregunta es saber si el "derecho de acometida", un gasto propio de la vivienda que se abona una sola vez en la vida de la misma la debo afrontar yo o tengo derecho a reclamarla al propietario (la empresa en cuestión). De tener derecho a efectuar la reclamación, ¿dónde procedería?, En la asesoría jurídica me recomiendan a través de Consumo, procede?