Buenas tardes. Tengo una dudilla
Tengo un trabajador que ha sido despedido pasado el periodo de prueba (despido reconocido improcedente) pero que no han transcurrido 3 meses desde su baja voluntaria en la anterior empresa. `
Por tanto, mi pregunta es: ¿¿tiene derecho al paro aunque no haya pasado los 3 meses??
Apunto que la causa de desempleo es despido, no es por no superar el periodo de prueba.
Muchas gracias y un saludo!!!!
Yo creo que sí. Lo de los tres meses es cuando no supera el periodo de prueba. Aunque los del inem a veces son tan capullos que piensan que ha habido connivencia entre el empresario y el trabajador.
Fíjate si serán capullos, que muuuuchas veces aciertan. En otro foro de laboral hicieron un ranking, y la pregunta más habitual (con mucha diferencia) resultó ser: ¿cuanto tiempo tengo que trabajar despues de una baja voluntaria para poder cobrar el paro???
Son tan capullos que a veces pillan a gente que, aunque de verdad la han despedido del segundo trabajo, resulta que en el trabajo que dejaron voluntariamente eran fijos, ganaban más, etc.
Dicho esto, que esté tranquilo ya que si no ha hecho nada irregular no hay nada por lo que pillarle. Porque aunque los del inem sean tan capullos de pensar mal, si no se prueba el fraude no pasa nada.
Y que conste que no trabajo en el Inem, y que conste tambien que capullos los hay en todas partes.
Tengo un familiar que trabajaba en el inem y me cuenta lo que pasa, hay mucho chanchullo de parte de todos con este tema, personas que les dan el paro y no se lo merecen y otros que han ido de buena fe, se lo han denegado. Pero siempre se puede recurrir una negativa.
Ahora trabaja en otra sección y bien lejos de su casa para no aguantar a vecinos y conocidos dando la paliza todo el día.
Ananda ten en cuenta el tiempo que ha pasado desde la finalización del periodo de prueba hasta el despido y la clase de comportamiento que ha tenido para ser despedido, teniendo en cuenta todo esto ¿moralmente lo merece?
Otra cosa, si una persona tiene un trabajo, es despedido y tiene derecho a paro. Encuentra un empleo y el empresario le echa por no pasar la prueba, en ese caso, sí que la cobraría por que el anterior trabajo sí que tenía derecho a ello.
El caso de los tres meses es sí en el trabajo anterior se fue voluntariamente, en ese caso aplica lo de los tres meses.
Francamente , la cuestión es que estemos de acuerdo o no(pagan justos por pecadores) si te vas de baja voluntaria en un trabajo y antes de finalizar los 3 meses causas baja en otra empresa el INEM te denegará la prestación seguro. Considera que es fraude, y hay una normativa que así lo indica. Otra cosa es que puedes recurrir y te puede dar la razón un juzgado si se acredita que no es fraude, pero el mal ya está hecho.
Yo tengo la teoría de que mucha gente después de pasar la prueba hacen todo lo posible para que les echen y cubrirse las espaldas frente al inem.
Y ya conozco dos casos que pactaron el despido con la empresa.
La norma (art. 208 de la LGSS, creo) lo que dice es que no se tendrá derecho si la causa de la baja es por nu supera el periodo de prueba (si causó baja voluntaria de una relacion laboral anterior y no han transcurrido 3 meses)
Lo que sucede es que aunque la causa sea distinta a la no superacion del periodo de prueba (finalizacion del contrasto, despido...) normalmente (me consta que de pende de la demarcacion geográfica) y no ha n trascurrido 3 meses, el INEM probablemente denegara la prestacion, pero no por aplicacion directa de la norma (que lo limita al caso de no superacion de periodo de prueba) sino por presuncion de fraude.
Y es cierto que el fraude ha de ser probado por quine lo alega, en este caso el INEM, y por tanto, el trabajador podria impugnar perfectamente esa denegacion. ero vaya..., si nos encontramos un caso en que se ha causado baja voluntaria de un contrato indefinido para acpetar, por ej. un nuevo trabajo, con similar salario de de menos de 3 meses de duracion..., en fin, sera cuestion de que el trabajador acredite motivos muy especiales para que pueda concluirse que ese cambio obedecia a una motivacion concreta y ajena a la obtencion de forma fraudulenta de la prestacion por desempleo.