Derecho adquirido son mejoras que el empresario aplica a los trabajadores y que pasados un tiempo, como son voluntarias, pues el empresario no podría quitar a su libre voluntad.
A modo de ejemplo te puedo comentar que si el ET marca como tiempo de descanso 15 minutos y el empresario te concede 20 , pues cuando pase el tiempo y quisiera volver a los 15 minutos de rigor pues no podría, al tratarse este de un derecho adquirido. Tambien a esto se le suele llamar "mejora consolidada".