Gracias Sidi, pero entonces que pasa??
Tengo derecho a vuelo, usarlo como mejor convenga o no?
Puedo seguir impidiendo el acceso a la terraza a mi vecino o no??
Empiezo a estar preocupado
Gracias de nuevo
El derecho a vuelo que consta en su escritura está defectuosamente otorgado, seguramente por ignorancia del vendedor.
Muchos promotores incluyen en sus escrituras de venta mejoras aparentes, que de nada sirven.
Ante todo gracias por vuestras respuestas.
Para "yo mismo": no entiendo porque "el derecho a vuelo" no me da derecho a edificar un trastero, para que sirve entonces? sino puedo edificar? eso si, deberia haber pedido permiso Municipal. Intentare hablarlo con mi vecino, pero esta con cierto enfado por no dejarlo subir a la terraza.
Para Javi Diaz: en la escritura no se menciona la terraza, solo se menciona la planta piso con acceso independiente a traves del portal, tampoco se menciona la escalera que entiendo que es solo mia ya que soy el unico piso ademas del bajo. He leido el Titulo Constitutivo y solo hace mencion al repetido derecho al vuelo que es "derecho privativo" de mi piso.
Si no puedo construir un pequeño trastero y una barbacoa que tengo en pensado hacer, para que sirve?? O es que me ha engañado el vendedor que me dijo que con el derecho al vuelo podia edificar cuando quisiese....
Gracias de nuevo y un saludo
Tienes la terraza asignada a tu nombre en la escritura del edificio? es que si no es así, tu derecho de vuelo es incoherente con la propiedad común que tendrías con el propietario del bajo en caso de no tener asignada esa terraza por escritura
Se daría el caso que tienes el derecho de vuelo, pero no podrías ejercitarlo sin permiso del otro propietario que tiene también el uso de la terraza.
Hombre (o mujer), lo que esta claro es que el derecho de vuelo no te da derecho a contruir un trastero, y mucho menos sin permiso de la comunidad y sin los respectivos permisos municipales, intenta solucionar el conflicto a buenas con tu vecino, sino lo tendras un poco dificil.
Buenos días, soy propietario de un piso 1º con derecho a vuelo, la cubierta del edificio es transitable (terraza) y se accede a ella con escalera directamente desde la calle, solo yo tengo las llaves de las puertas de la terraza y de la calle.
El local (tiene acceso directo desde la calle) se ha vendió hace escasos meses, y el nuevo propietario me pide las llaves de las puertas de la calle y terraza, me dice que esta en su derecho de usarla, yo no lo entiendo así pues repito que tengo el derecho a vuelo en la escritura.
La verdad es que sin decir nada a nadie ni pedir permiso municipal, he construido un trastero de 8 m2 en la terraza, creo que puedo hacerlo por lo del derecho a vuelo, pero podría perjudicarme mi vecino si se entera de ello.
Ustedes que opinan?
Conocen alguna sentencia de Jurisprudencia que desestime una demanda parecida a lo que interesa a mi vecino.
Gracias
He leído mucho en el foro acerca de “terrazas” pero no encuentro nada referente al “derecho a vuelo” de un particular, si de promotores que se lo reservan.