Puede el Vicepresidente 1º de una asociación, y que ha asumido el cargo de "Presidente en funciones" por dimisión del anterior Presidente, votar en condición de "Presidente" en la asamblea de socios que debe elegir al nuevo Presidente, e incluso hacer uso del voto de calidad. Según los Estatutos Sociales para la elección del nuevo Presidente se exige una mayoría cualificada.