No siempre es posible y tienes que tragar y reclamar después. Porque hay un contrato por medio y además llamas porque necesitas respuesta o servicio.
Se puede dar el contraste de que la otra parte te pida tus datos y no te de los suyos. Es una posición dominante, desigual e injusta.
¿ Dónde se recoge esto en la ley de consumidores y en el código de comercio ?
Derecho a saber con quién se escribe ?
Derecho a saber quién se dirige a nosotros ?
Hay algo legislado al respecto ?
Se trata de un proveedor, una sociedad. Y por lo visto por ser una sociedad no tiene que identificarse mi interlocutor.
No digo que además cite su departamento, sino que estimo tengo derecho a saber con quien comunico con nombre y apellidos.
Es una costumbre antigua en el gremio de los funcionarios, pero creo que no es de recibo en la empresa privada con la cual tengamos contratado un servicio.
¿ Puedo reclamar por trato despersonalizado?
¿ Puedo reclamar por no saber con quién me comunico ?
¿ Pueden obligarme a cambiar de medio : es decir de un medio gratuito a otro de pago para poder recibir mejor trato personal ?
¿ Es este el fruto de una sociedad robotizada, de trato impersonal y ajeno a las más elementales normas de la cortesía ?
¿ Queda garante una comunicación donde no sabemos el nombre y apellido de quien comunica con nosotros ?
¿ Es correcto que una sociedad anónima o limitada se aproveche de su condición jurídica para tratar a las personas de forma robótica y despersonalizada ?