Mi consulta es la siguiente:
Tiene la seguridad social la obligación legal de notificar a un trabajador autónomo la baja en el reta por agotamiento del plazo de 18 meses de it y así la no obligación de cotizar e informar al trabajador de la posibilidad de solicitar un convenio adicional para seguir cotizando durante el periodo de prorroga hasta la posible incapacidad permanente o alta?