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Derecho a manifestación.

1 Comentarios
 
13/09/2019 21:21
Rafaa
No es cuestión de quien entrega antes la solicitud. La Administración dispone de cierta discrecionalidad para adoptar las medidas que considere conveniente.

En este sentido, si la autoridad gubernativa considerase que existen razones fundadas de que puedan producirse alteraciones de orden público, con peligro para personas o bienes, podrá prohibir la reunión o manifestación o, en su caso, proponer la modificación de la fecha, lugar, duración o itinerario.

Ni que decir que vía recurso usted puede ejercer sus derechos para mantener el trayecto.

En caso de dudas puede ponerse en contacto con nosotros.

Un saludo
Derecho a manifestación.
13/09/2019 19:24
Hola, Buenas tardes, tengo una pregunta y no se si ustedes me podrían orientar sobre tema ley de manifestaciones.


Si un día en concreto ( el 9 octubre) se solicitan varias a la misma hora, y en el mismo recorrido, con distinto signo ideologico...

Si soy el 1 que entra la solicitud a Delegación de Gobierno

¿hasta que punto estaría obligado a modificar mi horario de salida, para que delegacion de gobierno "Contente" a todos?


Muchas Gracias.