Y en realidad, poder se podía (ducharse). Incómodo, eso si.
¿Fue una rotura, o fue que al aflojarse el tornillo que sujeta la embocadura del desagüe al tubo éste se aflojó y descolgó? porque en este caso sería a mi entender conservación a cargo del inquilino.
El artículo lo dice bien claro: una disminución de la renta segun la superficio del cuarto de baño en relacion con el resto de la vivienda. No creo que sea mucho, no creo que le merezca la pena.
Hola, somos inquilinos en un piso. El desagüe del plato de la única ducha del piso se rompió, afectando al baño del piso de abajo. No nos podíamos duchar para evitar que el chorro de agua destrozara el techo de los vecinos de abajo. Nos duchábamos en una palangana… Los propietarios han tardado UN MES en arreglarlo.
Según el articulo21.2 LAU, si el propietario tarda más de 20 días tenemos derecho a una indemnización. ¿cómo podría calcular esta indemnización, tratandose de la única ducha del piso?
Gracias