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Derecho a indemnización según la LOPD

1 Comentarios
 
Amiga la Jurisdicción a la que te refieres es la civil, y has de reclamar por el medio que te da ésta, la demanda ordinaria.
Primero has de consultar con un profesional o con nosotros acerca de la vulneración, pues según su grado, la indemnización se estima en una cuantía aproximada, que luego el juez valorará.
Esperamos tu respuesta
Derecho a indemnización según la lopd
19/09/2002 20:39
Hace casi un año puse una denuncia ante la Agencia de Protección de Datos, y el 15 de julio de este año he recibido una resolución en la que la Agencia de Protección de Datos reconoce que se ha producido una vulneración del principio del consentimiento y ha sancionado a la empresa que denuncié con pagar una multa.

Según el artículo 19.3 sobre derecho a indemnización se indica que "En el caso de los ficheros de titularidad privada, la acción se ejercitará ante los órganos de la jurisdicción ordinaria."

¿Cuál es la "jurisdicción ordinaria"? ¿Qué forma tiene que tener el escrito? ¿Dónde hay que entregarlo y dirigido a qué o quién?

Muchas gracias.