Buenas tardes a todos. Escribo estas letras, para saber si alguien me puede informar sobre la siguiente cuestión.
Tengo un cliente que tiene un piso ocupado por una persona de 93 años, con derecho a habitación. Asimismo, esta persona percibe de mi cliente por un contrato vitalicio 300€ mensuales.
La Sra. ha sido ingresada en una residencia y por ello no ocupa la vivienda, se encuentra vacía ya que vivía sola.
Mi pregunta es la siguiente, tengo claro que el vitalicio se le debe seguir ingresando, pero referente a la vivienda, mi cliente estaría en disposición de tomar posesión del inmueble?