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¿Derecho a examen con 64 años?

1 Comentarios
 
¿derecho a examen con 64 años?
25/09/2013 01:04
Hola, mi tía que tiene actualmente 64 años pero cumple los 65 años en Noviembre, presento una solicitud para examinarse a un organismo autonómico de sanidad (servicio extremeño de salud, ses) en el año 2010 pero las oposiciones se han ido retrasando en el tiempo, esta previsto como fecha de examen marzo de 2014 con lo cual, mi tía tendrá 65 años, dado que la edad de jubilación ahora es de 67 años ¿puede presentarse? o ella por ser del año 48 y poder jubilarse con 65 años no puede presentarse al examen? es que tiene miedo de estudiar para que luego cuando acceda al aula y le revisen el DNI le digan algo por la edad o no le permitan hacer el examen.
Por su edad no tenía intención de presentarse pero le han dicho que si aprueba y consigue plaza fija, cobraría la carrera profesional con lo cual sube su cotización y luego le quedaría una pensión más alta.
En la convocatoria en los criterios de admisión porque no hacer excedido la edad de jubilación forzosa, pero esta cual sería ¿65 o 67 años?
¿alguien sabe si puede presentarse?¿donde debo dirigirme para resolver esta duda? un saludo y gracias por el tiempo.
25/09/2013 18:13
No es tan fácil responder, para ello es necesario saber como esta encuadrado el personal estatutario, si como laboral o como funcionario o puede que simplemente sea estatutario, pero es necesario saber si se rige por convenio colectivo o por legislación de funcionarios.
Por otra parte, tampoco es fácil responder a la edad ya que esta será de 65 años hasta los 67, pero teniendo en cuenta que para esta adaptación se hará incrementando un mes por año que va desde el 2012 al 2027, es decir se irá incrementando un mes por año.
Por otra parte, como cumple la edad física en noviembre del 2013 hasta marzo del 2014 son 4 meses y no creo que por aquí este dentro del plazo ya que entiendo que se jubilará por la edad a los 65 y 2 meses, mas o menos.
Pero luego, tb es necesario saber los años de cotización porque para marcharse con el 100 % deberá tener la edad física y a su vez tener cotizados "x" años que en este caso creo que serán los 35, de no tener cotizados dichos años puede seguir trabajado aunque sobrepase dicha edad de jubilación.
Bueno conste que todo esto voy de oídas y no lo tengo muy claro pero seguro que una vez abierta la respuesta me rectificarán los expertos en seguridad social y como ve no es tan sencillo hay muchos frentes abiertos para dar una respuesta tajante.
Una última cosa y quizás la mas importante es que se dirija al SES y plantee aquí sus consultas será donde mejor le podrán informar. (aunque no lo tengo muy claro porque siendo trabajadora su tía de éste organismo no se como no procura informarse en el mismo).
SMO.