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Derecho a complemento paternidad jubilado autónomo

1 Comentarios
 
12/05/2023 20:19
eduardo58
el complemento de maternidad solo lo cobran los jubilados o incapacitados desde enero del 2016 hasta el 4 de febrero de 2021,a partir de ese dia es el complemento para la brecha de genero y para cobrarlo tienes que demostrar que cuando nacieron tus hijos cumples estos requisitos:
¿Qué requisitos debe cumplir el hombre para tener derecho al complemento?
En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados hasta el 31 de diciembre de 1994: tener más de ciento veinte días sin cotización entre los nueve meses anteriores al nacimiento y los tres años posteriores a dicha fecha o, en caso de adopción, entre la fecha de la resolución judicial por la que se constituya y los tres años siguientes, siempre que la suma de las cuantías de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.

En el supuesto de hijos o hijas nacidos o adoptados desde el 1 de enero de 1995 : que la suma de las bases de cotización de los veinticuatro meses siguientes al del nacimiento o al de la resolución judicial por la que se constituya la adopción sea inferior, en más de un 15 por ciento, a la de los veinticuatro meses inmediatamente anteriores, siempre que la cuantía de las sumas de las pensiones reconocidas sea inferior a la suma de las pensiones que le corresponda a la mujer.
Derecho a complemento paternidad jubilado autónomo
12/05/2023 20:10
me e jubilado el 5-3-2023 y no se si tengo derecho al complemento de paternidad e cotizado 40 años el minimo y me a quedado 814.00 euros