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derecho a algún subsidio

14 Comentarios
 
10/03/2011 22:37
Sí, de todas formas me pasaré el lunes siguiente para que me expliquen todo esto y prepararlo todo.

Ahora si que si, muchas gracias patatinpatero
10/03/2011 16:41
Si se te acaba el contrato el 19 y te deben 15 días de vacaciones (tiene que venir puesto en el certificado de empresa), no lo puedes solicitar hasta que finalices estos 15 días ya que es situación asimilada al alta y periodo cotizado. Tampoco supone un gran problema porque esos 15 días, recuerda, son retribuidos y por lo tanto no es un periodo que te deje sin ingresos (no pretendas cobrar dos veces un mismo periodo, bastante tienes conque no te parcialicen el subsidio :P). Si te apetece y te aburres en esos 15 días puedes ir sacando la demanda de empleo y demás trámites previos al tema de prestaciones; aunque también deberías pasarte por ahí para que te confirmen todo esto que te he dicho y ya de paso te den la solicitud para que cuando vuelvas la tengas debidamente rellenada y sólo quede presentarla. Saludos.
10/03/2011 15:33
Jops! te iba a dar las gracias por todo pero me ha surgido otra duda. Si no he hecho las vacaciones y me las tienen que pagar, no puedo ir a tramitar el subsidio enseguida?

Si he trabajado 6 meses sin vacaciones creo que serían 15 días de vacaciones. Sería una faena porque entonces ya no cobraría el mes siguiente, sino el otro. Esto es así?

Si se me acaba contrato el 19, ya no daría tiempo a que los trámites entraran para que cobrara el 10 de abril.



10/03/2011 10:59
- Para acreditar situación legal de desempleo el certificado de empresa.
- Para acreditar el periodo cotizado de un trabajo a tiempo parcial, es necesario saber la distrubición de los días trabajados a la semana. Este dato se puede (se debe) poner en el certificado de empresa, pero si no te lo ponen, suele venir en el contrato de trabajo (llévalo de todas formas). Supongo que has trabajado cinco o más días días a la semana, por lo que se tomaría todo el periodo que has trabajado como periodo cotizado.
- Al ser un subsidio hay que cumplir el requisito de rentas. Por lo tanto lleva la última declaración de la renta. Deberás rellenar en la solicitud los ingresos que tengas en estos momentos, si no tienes pues nada.
- DNI original of course!
- 15 días para solicitarlo desde que finalizas o, si te pagan vacaciones retribuidas y no disfrutadas, a partir del "disfrute" de estos días.

No creo que te pidan más.
Saludos.
10/03/2011 01:18
Sí, me refería al PRODI ya que fue en esas fechas cuando se me agotó la prestación, que por cierto, la prestación correspondía a trabajos de jornada completa.

Debería haber parado la prestación y no compatibilizarla con el trabajo de jornada parcial... pero bueno, me dijeron que era estable y luego la cosa ha ido mal.

Tienes alguna idea de que documentación hay que aportar para tramitar el subsidio? quizá ya pido demasiado.

Muchas gracias por todo y saludos!
10/03/2011 00:40
Bueno, el mundo de los subsidios es un mundo muy amplio y farragoso que daría para hablar largo y tendido. Esta lleno la normativa de injusticias a la hora de aplicar ciertos criterios. En el caso a que nos estamos refiriendo, antes del 2007 los subsidios se cobraban parcializados. Si una persona agotaba una prestación contributiva parcializada (no me refiero a compatibilizar como fue tu caso) y, luego, posteriormente tenía derecho al subsidio por agotamiento de la prestación, este también quedaba parcializado. A partir del 2007, se entendió que un subsidio "subsidia" a una persona y que esta debía cobrar unos ingresos mínimos de supervivencia. Ante esto poco se puede discutir, pero lleva a casos como los que te comenté anteriormente donde se produce mucho fraude y se incentiva el desempleo.

Respecto a tu último párrafo no lo he entendido muy bien. Si no tienes responsabilidades familiares ni más de 4 años, si durante la percepción de la prestación contributiva no hubieras encontrado trabajo, al agotarla no te hubiera correspondido el subsidio por agotamiento. Tal vez te correspondiera el nuevo de los 400 euros si la has agotado a partir el 15 de febrero o el PRODI si fue anterior a esta fecha y que fue el que quitaron.

Saludos.
10/03/2011 00:13
Me parecería bién que el subsidio de los que han trabajado jornada completa fuera mayor que los de la jornada parcial.

En eso estamos de acuerdo.
10/03/2011 00:11
Hola de nuevo,

Bueno, ojo, estoy de acuerdo contigo. No es lo mismo trabajar jornada completa que parcial, está claro. Yo desde luego es que no encontré otra cosa.

Pero si por ejemplo redujeran la cuantía por tratarse de una jornada parcial: Por qué yo que al menos he estado trabajando, debería cobrar un subsidio con una cuantía menor, que alguien que ha agotado su prestación contributiva (igual que yo)y no ha estado trabajando? Sería muy injusto no?

No se si me he expresado bién. En mi caso, si no hubiera encontrado trabajo, me hubiera correspondido este subsidio igualmente. Entonces por qué ahora debería ser menos la cuantía, si he estado trabajando? a jornada parcial, sí, pero al menos no he estado sin trabajar.
10/03/2011 00:03
La información es correcta, los subsidios en el 2011 están a 426 euros. Lo de los 400 euros se refiere al programa nuevo que han sacado y que tiene un caracter diferente.

Si pides el subsidio, independientemente de la jornada que realizabas, cobrarás los 426 euros. No obstante, no estoy de acuerdo con tu punto de vista ya que para mí se debía de hacer como estaba antes (o como se hace en estos momentos con la prestación contributiva): cobrar el subsidio en función de la parcialidad de la jornada laboral. No es justo que una persona con media jornada cobre lo mismo que uno que ha trabajado a tiempo completo, independientemente de si la cantidades deben ser mayores o no que eso no lo discuto. Con esto se fomenta el fraude ya que para cualquier persona que no quiera trabajar pero sí cobrar un subsidio por desempleo con buscarse un trabajo de poquísimas horas lo tiene solucionado. Pero bueno, son puntos de vista.

Saludos.
09/03/2011 23:44
Hola,

Si, has supuesto bien. Solo he trabajado 6 meses.

Muchas gracias. Tengo menos de 45 años sin responsabilidades familiares. Así que será la 2º opción. De todas formas, actualmente la cuantia es de 400 no? en la web de redtrabaja pone 426. Supongo que no lo han actualizado.

Mi miedo es por la jornada parcial, que no me disminuyera la cuantía. No tendría sentido porque si no hubiera estado trabajando jornada parcial estos 6 meses, si que me corresponderia esa cuantía. Me extrañaria mucho que por haber trabajado, aunque sea a jornada parcial, disminuyeran la cuantía.

Entonces no tendría sentido trabajar!

Ahí está también una de mis dudas. Que llamo a la atención al ciudadano y han automatizado el servicio jejejej.

Bueno, muchas gracias patatinpatatero.
09/03/2011 16:43
Perdón, de todo lo que te he contado, he dado por supuesto que una vez que finalices en situación legal de desempleo la relación laboral, no has generado cotizaciones suficientes para una prestación contributiva. Saludos.
09/03/2011 16:41
Si tienes responsabilidades familiares o más de 45 años, posiblemente a lo que tengas derecho es al subsidio por agotamiento de la prestación contributiva. Terminaste la prestación, no pudiste solicitar el subsidio posterior al estar trabajando y tener unos ingresos superiores al 75% del SMI y, ahora que has finalizado la relación laboral quedando en situación legal de desempleo, lo puedes solicitar.

Si no tienes más de 45 años o no tienes responsabilidades familiares. Con las cotizaciones que tienes ahora (más otras anteriores que hayas obtenido a partir de cuando pediste la anterior prestación), tienes posibilidad de pedir el subsidio por no cotizar suficiente.

Por lo tanto, puedes tener estas dos opciones:

- Subsidio por agotamiento de la prestación
https://www.redtrabaja.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/informacion/prestaciones/Triptico_subsi_Desem_ago.pdf

- O subsidio por desempleo
https://www.redtrabaja.es/es/portaltrabaja/resources/pdf/informacion/prestaciones/GuiaSubsidioPerdidaEmpleo.pdf

La más ventajosa, si cumples los requisitos, es el subsidio por agotamiento de la prestación. Infórmate bien por el hecho de que puede haber concurrencia de derechos y te obliguen a tomar el segundo pudiendo tener derecho al otro.

Saludos.
09/03/2011 15:14
Alguien que se haya encontrado en la misma situación ?
09/03/2011 00:11
He buscado información y no tengo muy claro si los 426 euros se reducen al haber estado de jornada parcial. Si es asi es que no lo entiendo, porque si yo no llego a trabajar estos 6 meses de jornada parcial, sí me hubieran correspondido. Sería la monda que ahora me redujeran la cuantía por tratarse de una jornada parcial.
Derecho a algún subsidio
08/03/2011 16:19
Hola,

Ante todo pido disculpas porque he leido en el foro algunos temas relacionados con mi caso, pero tengo tal obnivalación en la cabeza que no sé si las informaciones que dais son para mi caso también.

En septiembre empecé a trabajar con jornada parcial de 5 horas diarias de lunes a viernes. Yo estaba cobrando la prestación por desempleo y como me dijeron que había mucho trabajo y era una cosa estable, compaginé la jornada parcial con la correspondiente proporción que me tocaba de la prestación hasta agotarla.

El tema es que este año la empresa ha ido mal y no me renuievan el contrato.

He estado 6 meses trabajando y este mes finalizo. Tengo derecho a algún subsidio? y si es así, baja la cuantía o la duración al ser trabajo parcial?

Me sabe fatal que cuando se compatibiliza prestación de desempleo con jornada parcial se pierde dinero.... Y ahora no sé con qué miseria estaré.

Agradezco todo tipo de informaciones