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Depósito para recurso suplicacion

9 Comentarios
 
08/02/2011 15:49
tengo una consulta:
el tema es el siguiente: se realiza un contrato indefinido y se estipula un pacto de no concurrencia y se paga un plus para un director general( no puede cntratar cngente del sectro, misma clientela durante 2 años siguientes al contrato).Lo despiden y a los 15 dias se va a otra empresa de la competencia y le piden 13000 euros x incumplimiento pacto, que debo hacer?el pacto es licito y expreso, el trabjador tiene derecho a irse?

Tengo ke interponer recurso de suplica pero que puedo alegar?si te despiden sigue en vigor el pacto? ke derechos tengo? hay indefension?se cumplen garntias proceso? estoy un poco perdida, ya que el pacto es completamente licito y expreso, que puedo alegar en el recurso de suplica?
me urge un poco la respuesta, muchas gracias.



07/09/2008 18:28
Pues algún abogado le ha dicho a una empresa condenada que no pasa nada si no se consigna ni se hace el depósito con el anuncio del recurso porque, obligatoriamente, el Juzgado tiene que dar los 5 días para subsanar la falta. Yo creo que si no se hace ni el depósito ni se consigna (aunque sea de forma insuficiente) el recurso no se tramitará. Gracias.
06/09/2008 16:48
Hola MACF, en efecto, hay subsanacion cuando la insuficiencia de consignar la condena es parcial n en este caso el Juez deberá conceder un plazo de hasta cinco días para la subsanación, de manera que si ésta no se produce, dictará auto poniendo fin al trámite del recurso y declarando la firmeza de la sentencia.

Cuando la infuciencia es total es insubsanable.
05/09/2008 20:31
Me gustaría conocer la opinión de Xavier. Creo, que si no se hace ninguna de las dos cosas, el Juzgado no tiene por qué dar plazo para subsanar (hay subsanación cuando hay insuficiencia, no ausencia total).
05/09/2008 09:08
Yo me refiero a si una empresa es condenada a pagar una cantidad, si se anuncia el recurso peor no se hace el depósito ni se consigna o se avala la cantidad objeto de la condena, si ¿directamente se archiva el recurso o si se da la posibilidad de la subsanar en cinco días esos defectos? Gracias.
04/09/2008 19:56
Hola,

aunque no me había plantado nunca este supuesto, pero... discrepo, porque estamos en materia de seguridad social, y el autónomo es beneficiario del régimen público de la seguridad social.


04/09/2008 19:23
Si no se consigna ni se efectúa el depósito con el anuncio, ¿el Juzgado antes de archivar tiene que requerir para que se aporte tanta una cosa como la otra en el plazo de cinco días?? Gracias
10/12/2003 17:14
Debe consignar.
09/12/2003 19:26
Hola.

En mi opinión, si el autónomo no goza del beneficio de justicia gratuita, entiendo que debe consignar.

Saludos.
Depósito para recurso suplicacion
09/12/2003 13:30
Para presentar un recurso de suplicacion ante el Tribunal Superior de Justicia frente a una sentencia dictada por un juzgado de lo social la ley dice que se debe efectuar un depósito de 150 euros, salvo determinados supuestos. Pero, la duda que tengo es la siguiente si quien pretende recurrir es un autónomo que reclama contra la mutua unas prestaciones de incapacidad temporal, también debe efectuar el deposito o está exento.