Os quería preguntar si es legal que se dejen varios contenedores de escombros en una parcela de suelo urbanizable (urbano consolidado).
Tengo un vecino que tiene una empres de transporte de contenedores y se los deja tocando mi linde, con lo que me molesta por los ruidos y me tapa la vista.
Em el planeamineto del Sector (dentro del P. Parcial) no pone este uso como permitido.
¿Puedo denunciarlo o me he de aguantar? Supongo que tampoco tendrá licencia para realizar esa actividad que, supongo, debería hacerla en suelo industrial.
Deseaba saber el motivo o motivos a alegar. Si es porque l Plan Parcial No lo permite (ese uso concreto de aparcamiento) o que es una actividad no permitida en suelo urbano (debiera ser Industrial)….. Con licencia..... Además que son contenedores de residuos y escombros....
El suelo urbanzable, en tanto no esa urbanizado conforme a planeamiento, no deja de ser suelo rústico y los usos los propios de esta categoría de suelo.
En suelo ustico los usos no autorizables son usos prohibidos, los autorizables lo son mediante licencia.
Conociendo estos datos creo que se pueden formular la denuncia, si procediera.