Buenas, a ver si me podéis resolver la siguiente duda: un arrendamiento que existe desde septiembre de 2004 y cuyo contrato no se ha presentado ante la Consejería de Hacienda de la Junta de Andalucía, si ahora arrendador y arrendatario deciden declarar dicho arrendamiento en la declaración de IRPF, ¿ pueden hacerlo sin haber registrado dicho contrato previamente? El arrendatario no se empadronó en la localidad donde alquila la vivienda hasta diciembre de 2005, podrían sólo declarar desde esta fecha en la próxima declaración de la renta, es decir en el 2006? Gracias